II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Destinos. (BOE-A-2023-6900)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se corrigen errores en la de 23 de febrero de 2023, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 18 de agosto de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 64

Jueves 16 de marzo de 2023

Sec. II.A. Pág. 38856

concurso, no se seguirá el orden de cese establecido en el punto Quinto, sino que se
deberá actuar de la siguiente forma:
a) El personal funcionario reingresado tomará posesión.
b) El personal funcionario en activo, en servicios especiales, en excedencia por
cuidado de familiares o en adscripción provisional, cesará el mismo día de la toma de
posesión del reingresado, empezando a contarle al primero entonces el plazo posesorio
indicado en el punto Sexto.
c) Si el personal funcionario cesado en el apartado b) tomara posesión en un
órgano judicial ocupado por otro que aún no ha cesado, se actuará de igual modo que en
los puntos a) y b), y así sucesivamente.
Cuando tome posesión el personal funcionario en activo, en servicios especiales o
excedencia voluntaria por cuidado de familiares, y no haya optado aún por cesar, en su
caso, o por tomar posesión otro personal funcionario que deba reingresar o que esté
adscrito provisional, se deberá actuar de la siguiente forma:
d) El personal funcionario en activo, en servicios especiales o en excedencia por
cuidado de familiares tomará posesión.
e) El personal funcionario que deba reingresar o que esté en adscripción
provisional cesará, en su caso, u optará por tomar posesión el mismo día de la toma de
posesión del personal funcionario en activo, en servicios especiales o en excedencia por
cuidado de familiares, empezando a contarle al primero entonces el plazo posesorio
indicado en el punto Séptimo.
Si el personal funcionario del apartado e), reingresado o que esté adscrito
provisional, cesado, en su caso, o que opte por tomar posesión, se posesionase en un
órgano judicial ocupado por otro que aún no ha cesado, se actuará de igual modo que en
los puntos d) y e), y así sucesivamente.»
Tercero.
Se añade punto noveno que correspondería con el punto octavo de la resolución a
corregir.

cve: BOE-A-2023-6900
Verificable en https://www.boe.es

Santa Cruz de Tenerife, 10 de marzo de 2023.–La Directora General de Relaciones
con la Administración de Justicia, Mónica Ceballos Hernández.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X