I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-6890)
Modificación del artículo 5 de los Estatutos de la Sociedad Europea para la financiación de material ferroviario (EUROFIMA), adoptada el 4 de octubre de 2022. Texto consolidado de los Estatutos de EUROFIMA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 64

Jueves 16 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 38621

Razón social, sede, objeto y duración de la Sociedad
Artículo 1.
Queda constituida, bajo la razón social «Eurofima» Sociedad Europea para la
Financiación de Material Ferroviario («Eurofima» Société européenne pour le
financement de matériel ferroviaire, «Eurofima» Europäische Gesellschaft für die
Finanzierung von Eisenbahnmaterial, «Eurofima» Società europea per il finanziamento di
materiale ferroviario, «Eurofima» European Company for the Financing of Railroad
Rolling Stock), una Sociedad por acciones, regida por el Convenio internacional relativo
a la constitución de dicha Sociedad, por los presentes Estatutos y, con carácter
subsidiario, por la Ley del Estado sede.
Artículo 2.
La sede de la Sociedad queda establecida en Basilea (Suiza).
Artículo 3.
La Sociedad tiene como fin suministrar o financiar material rodante a todos los
accionistas, ya sea i) para sus propias actividades, ii) para las actividades de las empresas
controladas por un accionista o vinculadas a él o iii) para las actividades de una empresa no
controlada por un accionista ni vinculada al mismo, a condición de que dicha empresa sea
una administración ferroviaria con arreglo a la definición del párrafo segundo del artículo 9
(para evitar toda duda, esta podrá pero no deberá ser un accionista).
La Sociedad puede, asimismo, suministrar o financiar material rodante directamente
a administraciones ferroviarias que no sean accionistas, a condición de que uno o varios
accionistas actúen como garantes principales de los compromisos asumidos por dichas
administraciones ferroviarias frente a la Sociedad.
La financiación que conceda la Sociedad deberá ajustarse a las políticas adoptadas
por el Consejo de Administración de conformidad con el artículo 21.
La Sociedad captará los fondos necesarios, independientemente de su propio capital,
en forma de empréstitos. Efectuará todas las operaciones comerciales y financieras
útiles para la realización de su objeto.
Artículo 4.
La Sociedad se establece por una duración de cincuenta años. Después de la
expiración de este periodo se prolongará por otros cincuenta años, o sea, hasta el 20 de
noviembre de 2056.
Capital Social
Artículo 5(*).

El capital social de la Sociedad está formado por el capital de clase A y el capital de clase B.
El capital de clase A de la Sociedad asciende a 2.600 millones de francos suizos
abonados hasta la cantidad de 520 millones de francos suizos (20 %). Está dividido
en 260.000 acciones de un valor nominal de 10.000 francos suizos.
Con vistas a admitir a nuevos accionistas o, con carácter más general, aumentar su
capital, la sociedad podrá crear capital de la clase B mediante la emisión de acciones de
dicha clase íntegramente liberadas de un valor nominal de 100.000 francos suizos cada una.

cve: BOE-A-2023-6890
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(*) Modificación del artículo 5 de los Estatutos aprobada por la Junta General extraordinaria de 4 de
octubre de 2022.