V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. (BOE-B-2023-7591)
RESOLUCIÓN ACC/217/2023, de 17 de enero, del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural, Dirección General de Energía, por la que se otorga a PLA FINANCER, SA la autorización administrativa previa y de construcción, declaración de utilidad pública del proyecto de la planta solar fotovoltaica denominada PSF Mas Roig, de 7 MWp, sobre terreno en suelo no urbanizable, en el término municipal de Castelldans, y su estructura de evacuación, línea MT subterránea en 25 KV en los términos municipales de Castelldans, les Borges Blanques y Juneda, en la provincia de Lleida (exp. FUE-2020-01791404).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de marzo de 2023

Sec. V-B. Pág. 11818

fotovoltaica, así como su evacuación en la red de energía eléctrica.
En cumplimiento de los trámites que establecen las disposiciones arriba
indicadas la solicitud de autorización administrativa previa, autorización
administrativa de construcción y declaración de utilidad pública del proyecto de la
planta solar fotovoltaica denominada PSF Mas Roig, de 7 MWp, sobre terreno en
suelo no urbanizable, y su infraestructura de evacuación, línea MT soterrada en 25
KV, se someten a un periodo de información pública durante un periodo mínimo de
30 días, mediante un anuncio en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya
número 8595, de fecha 31 de enero de 2022 y en el Boletín Oficial del Estado
número 263 de fecha 2 de noviembre, en el diario local La Mañana de fecha 30 de
octubre de 2022 y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Castelldans,
les Borges Blanques y Juneda, especificando que este tiene efectos en los
procedimientos administrativos siguientes: el procedimiento para la obtención de la
autorización administrativa previa y de construcción y declaración de utilidad
pública; el procedimiento para la autorización del proyecto de actuación específica
de interés público en suelo no urbanizable, y el procedimiento de evaluación de
impacto ambiental.
Asimismo, de acuerdo con la normativa mencionada, se solicita informe a los
siguientes organismos afectados: Agencia Catalana del Agua (ACA), Administrador
d'Infraestructures Ferroviàries (ADIF), Agencia de Residuos, Órgano administrativo
competente en materia de Agricultura, Biodiversidad, Calidad Ambiental y Cambio
Climático del Departamento de Acción Climática, Ayuntamiento de Borges
Blanques, Ayuntamiento de Castelldans, Ayuntamiento de Juneda, Comunidad
general de regantes del Canal de Urgell, Consejo Comarcal de las Garrigues,
Dirección General de Transportes y Movilidad, Confederación Hidrográfica del
Ebro, Ferrocarriles de la Generalitat, EGRELL, Instituto Catalán de Energía
(ICAEN), Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña, Dirección General de
Protección Civil, IPCENA, Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
NEDGIA, Consorcio del Observatorio del Paisaje, Oficina Territorial de Acción y
Evaluación Ambiental (OTAAA), Servicio Territorial de Urbanismo, Asociación
TRENCA y Unió de Pagesos.
La Agencia Catalana del Agua (ACA), Administrador d'Infraestructures
Ferroviàries (ADIF), la Sección de Bosques y Recursos Forestales y el Servicio de
Suelos y Gestión Medioambiental de la Producción Agraria de los Servicios
Territoriales en Lleida del Departamento de Acción Climática, Alimentación y
Agenda Rural, el Ayuntamiento de Borges Blanques i Juneda, Biodiversidad y
Medio Natural, Dirección General de Transportes y Movilidad, Protección Civil,
IPCENA, Ministerio de Transporte y Aviación, Servicio Territorial de Urbanismo,
Transportes y Carreteras, el Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña, la
Confederación Hidrográfica del Ebro y la Unidad de Obras y Regadíos, informaron
favorablemente y/o impusieron condicionantes que se aceptaron por el
peticionario, de acuerdo con lo que determinan los artículos 125, 131 y
concordantes del Real decreto 1955/2000
Los informes emitidos por los organismos afectados, así como las alegaciones
presentadas como consecuencia del periodo de información pública y las
manifestadas por los diferentes afectados, han sido enviados al peticionario que ha
manifestado su aceptación o ha efectuado las observaciones que ha estimado
convenientes, de acuerdo con lo que determinan los artículos 125 y concordantes
del Real decreto 1955/2000.

cve: BOE-B-2023-7591
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Núm. 63