III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2023-6856)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Gavà, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Miércoles 15 de marzo de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
6856

Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de
la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido
Judicial de Gavà, para el funcionamiento de las mismas conforme a las
previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.

La Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil ha previsto un nuevo modelo de
Registro Civil que se caracteriza, principalmente, por ser público, gratuito, único para
toda España y que se configura como electrónico e interoperable.
La satisfactoria puesta en marcha de esta ley implica la ejecución coordinada de
numerosas actuaciones en los ámbitos normativo, organizativo y tecnológico, así como
la colaboración con múltiples organismos, administraciones locales y administraciones
autonómicas, preservando la eficiencia en la actuación mediante una implantación
progresiva que la haga viable.
La reforma operada por la Ley 6/2021, de 28 de abril, por la que se modifica la
Ley 20/2011, de 21 de julio, tiene en su finalidad principal este objetivo de implantación
progresiva mediante una estrategia posibilista, de tal forma que el juego de las
disposiciones transitorias cuarta, octava y décima, más la adicional segunda, permita la
implantación progresiva aludida, con tres escenarios:

En tal sentido, la disposición transitoria cuarta según ha quedado redactada,
establece que hasta que el Ministerio de Justicia apruebe, mediante Resolución de la
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, la entrada en servicio efectiva de
las aplicaciones informáticas que permitan el funcionamiento del Registro Civil de forma
íntegramente electrónica conforme a las previsiones contenidas en esta ley, el servicio
de Registro Civil seguirá prestándose según se venía haciendo hasta la fecha. Y esta
condición se replica en las demás disposiciones transitorias mencionadas, para dar
comienzo a las medidas que pongan en marcha el nuevo modelo.
En su virtud, mediante Resoluciones de esta Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, se acordó la entrada en servicio efectiva de la aplicación
informática DICIREG en las Oficinas Generales de Madrid el 27 de septiembre de 2021,
de Barcelona el 29 de noviembre de 2021, del partido judicial de Murcia el 11 de julio
de 2022, del partido judicial de Tarragona el 3 de octubre de 2022, del partido judicial de
Bilbao el 28 de noviembre de 2022, del partido judicial de Cartagena el 28 de noviembre
de 2022, del partido judicial de Molina de Segura el 12 de diciembre de 2022, de la
Oficina General de Ceuta el 16 de enero de 2023, del partido judicial de Vigo el 30 de
enero de 2023, de la Oficina General de Melilla el 13 de febrero de 2023, del partido
judicial de A Coruña el 22 de febrero de 2023, del partido judicial de Cornellà de
Llobregat el 6 de marzo de 2023 y del partido judicial de El Prat de Llobregat el 6 de
marzo de 2023, habiendo dado comienzo el funcionamiento de las mismas conforme a
las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio.

cve: BOE-A-2023-6856
Verificable en https://www.boe.es

− Disposición transitoria cuarta. No se ha iniciado la transformación, sigue el mismo
régimen actual.
− Disposición transitoria octava y décima. Se implanta la aplicación informática
DICIREG, comenzando las oficinas a aplicar la Ley 20/2011, de 21 de julio.
− Disposición adicional segunda y transitorias cuarta, octava y décima. Se aprueban
las relaciones de puestos de trabajo, quedando completada la creación de una nueva
Oficina del Registro Civil.