III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2023-6855)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Rubí, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Miércoles 15 de marzo de 2023

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Procede en este momento, en aplicación del plan de estrategia de despliegue
previsto en colaboración con la Generalitat de Cataluña con competencias asumidas, dar
el siguiente paso en esta puesta en marcha del nuevo modelo y, tras llevar a cabo las
tareas preparatorias y de formación correspondientes en estos meses anteriores,
acordar la entrada en servicio de Dicireg en la Oficina General del Registro Civil de Rubí
y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su partido judicial de
Castellbisbal y de Sant Cugat del Vallès que han de hacerlo simultáneamente con la
referida Oficina General, en aplicación de lo dispuesto en la Disposición adicional quinta
de la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la Resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha Ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Rubí, que comprende la Oficina General del Registro Civil de Rubí y a
las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Castellbisbal y de Sant Cugat del Vallès,
de la aplicación informática denominada Dicireg, del Ministerio de Justicia, que permite el
funcionamiento del Registro Civil conforme a las previsiones contenidas en la
Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 8 de mayo de 2023.
2. El Ministerio de Justicia proveerá, en cuanto al posterior desarrollo tecnológico
evolutivo, explotación y mantenimiento, de la aplicación informática Dicireg.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, el encargado y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
Segundo.

Tercero.
El personal que, en la fecha indicada de entrada en servicio efectiva de Dicireg, esté
prestando servicios en el Registro Civil de Rubí y en las secretarías o unidades procesales de
apoyo directo de los Registros Civiles Municipales Delegados de Castellbisbal y de Sant
Cugat del Vallès, continuará desarrollando sus funciones en las oficinas del Registro Civil,
según lo establecido en la disposición transitoria octava de la Ley 20/2011, de 21 de julio y en
esta resolución, aplicando las normas reseñadas en el artículo segundo.

cve: BOE-A-2023-6855
Verificable en https://www.boe.es

1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación Dicireg, el Registro
Civil de Rubí pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de Rubí y los
Registros Civiles Municipales Delegados de Castellbisbal y de Sant Cugat del Vallès
pasarán a denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de Castellbisbal y de
Sant Cugat del Vallès, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la disposición
transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la Ley 20/2011, de 21 de
julio, y serán de aplicación las demás previsiones contenidas en dicha Ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle la
Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que
se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la aplicación
informática Dicireg, conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio,
modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones, Circulares y Resoluciones que han sido
dictadas hasta el momento, en relación con la aplicación de la Ley 20/2011.