I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2023-6733)
Real Decreto 174/2023, de 14 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a centros de innovación digital dentro del Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (PADIH), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Miércoles 15 de marzo de 2023

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
6733

Real Decreto 174/2023, de 14 de marzo, por el que se regula la concesión
directa de subvenciones a centros de innovación digital dentro del Programa
de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (PADIH), en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
I

Los Centros de Innovación Digital (CID) o «Digital Innovation Hubs» (DIH, por sus
siglas en inglés) se conciben a modo de «ventanillas únicas» a través de las cuales
ofrecer, sin ánimo de lucro, la información, los servicios, y las instalaciones de
experimentación que precisan las empresas para abordar con éxito sus procesos de
transformación digital. Por ese motivo, están llamados a jugar en los próximos años un
papel muy relevante en la implementación de programas públicos de apoyo a la
digitalización de esos colectivos tanto en el ámbito nacional como en el europeo.
Los CID pueden tener personalidad jurídica propia o ser consorcios de entidades, sin
personalidad jurídica propia como tales CID, constituidos como agrupaciones de personas
jurídicas, públicas y privadas, que se unen para la prestación, sin ánimo de lucro, de
servicios de apoyo a la transformación digital, especialmente a las pymes, con el objetivo de
impulsar su crecimiento, crear nuevos empleos y abrir nuevos modelos de negocio y
oportunidades de innovación. Estos consorcios pueden llevar a cabo actividades objeto de
subvención, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, debiendo contar con un acuerdo interno firmado por
sus integrantes que regule su funcionamiento, y que detalle la identidad y los compromisos
asumidos por cada uno de ellos, así como su estructura organizativa.

El Programa Europa Digital, regulado por el Reglamento (UE) 2021/694 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2021, prevé durante su primer año
de vigencia la creación de una red inicial de centros europeos de innovación digital
(«European Digital Innovation Hubs», en adelante, EDIH) que ofrezcan una cobertura
geográfica global y equilibrada en toda la Unión Europea.
Para alcanzar ese objetivo, en noviembre de 2021 la Comisión Europea lanzó la
convocatoria «DIGITAL-2021-EDIH-01, European Digital Innovation Hubs» (en adelante,
convocatoria DIGITAL-2021-EDIH-01), abierta hasta el 22 de febrero de 2022, de
acuerdo con lo establecido en el programa de trabajo del Programa Europa Digital
«Digital Europe-EDIH Work Programme 2021-2023».
Tras finalizar el proceso de evaluación de las candidaturas presentadas por los centros
de innovación digital de todos los Estados miembros, las propuestas mejor puntuadas de
cada país podrán recibir el montante del presupuesto de la convocatoria destinado al mismo
(26.052.000 euros en treinta y seis meses, en caso de España), para sufragar hasta el 50
por ciento de los gastos subvencionables presentados por cada centro de innovación digital
en su propuesta de actividades, siempre y cuando el 50 por ciento restante sea
cofinanciado con cargo al presupuesto nacional, o al de otras fuentes (públicas o privadas).
Las propuestas que, habiendo resultado aptas en el proceso de evaluación, hayan
quedado por debajo de los umbrales presupuestarios de sus Estados miembros y, por
tanto, sin opción de financiación europea, podrán recibir un «sello de excelencia» que les
permitirá utilizar la etiqueta «centro europeo de innovación digital» (EDIH) y ser miembro
de pleno derecho de la red europea EDIH.

cve: BOE-A-2023-6733
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II