I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Entes locales. (BOE-A-2023-6660)
Ley 4/2023, de 9 de febrero, de reforma de la denominación de la Ley 12/2002, de 28 de mayo, de creación de la Comarca de La Ribagorza.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62

Martes 14 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 37545

reúne a los representantes de todos los municipios de Ribagorza para tratar los temas de
interés para la comarca y para controlar la acción del Consejo Comarcal.
Artículo único. Modificación de la Ley 12/2002, de 28 de mayo, de creación de la
Comarca de La Ribagorza.
Uno. Modificación del título de la «Ley 12/2002, de 28 de mayo, de creación de la
Comarca de La Ribagorza».
Se sustituye el título de la Ley 12/2002, de 28 de mayo, de creación de la Comarca
de La Ribagorza por «Ley 12/2002, de 28 de mayo, de creación de la Comarca de
Ribagorza».
Dos.

Modificación del artículo 10.

El apartado 3 del artículo 10 de la Ley 12/2002, de 28 de mayo, de creación de la
Comarca de La Ribagorza, correspondiente a los órganos de la comarca, queda
redactado de la siguiente manera:
«3. En todo caso, existirá una comisión consultiva, integrada por todos los
alcaldes de las entidades locales de la comarca, que se denominará Consejo General
de Ribagorza y que se reunirá, al menos, dos veces al año en la villa de Benabarre
para conocer el presupuesto y el programa de actuación comarcal, así como para
cualquier otra cuestión que, por su relevancia, se considere conveniente someter a
su conocimiento, a propuesta del Consejo o del Presidente.»
Disposición adicional. Modificación de las referencias a «La Ribagorza» en la
Ley 12/2002, de 28 de mayo, de creación de la Comarca de La Ribagorza.
Todas las referencias a «La Ribagorza» incluidas en la Ley quedan sustituidas por el
término «Ribagorza».
Disposición final.

Entrada en vigor.

Esta ley entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de
Aragón».
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta ley, que la
cumplan, y a los tribunales y autoridades a los que corresponda, que la hagan cumplir.
Zaragoza, 9 de febrero de 2023.–El Presidente de Aragón, Javier Lambán Montañés.

cve: BOE-A-2023-6660
Verificable en https://www.boe.es

(Publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» número 40, de 28 de febrero de 2023)

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X