II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-6614)
Resolución de 7 de marzo de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 13 de marzo de 2023

Sec. II.B. Pág. 37108

2.3 Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el
momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
3.

Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo podrán realizar su
inscripción en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación
de la presente convocatoria en el BOE, a través de la sede electrónica de la Universidad
de Granada, https://sede.ugr.es, utilizando el procedimiento electrónico «Concursos a
plazas docentes: Solicitud de admisión» disponible en dicha sede.
Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión y en el proceso serán tratados
con la única finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias
para ello. El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicará en la forma
que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. La Universidad de
Granada tomará medidas para que esa información no sea indexada por los buscadores
de internet. La base legal para el tratamiento de estos datos son las Leyes 39/2015, de 1 de
octubre, y 40/2015, de 1 de octubre, y el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público. La Universidad de Granada es responsable del tratamiento de esos datos
y publica su política de protección de datos en https://secretariageneral.ugr.es/pages/
proteccion_datos. Los derechos de protección de datos de los solicitantes se podrán ejercer
dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía electrónica, a través de la sede electrónica
de la Universidad de Granada. Los interesados pueden ejercer sus derechos también ante el
Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía. Pueden consultar
información adicional sobre el tratamiento de datos personales en procesos selectivos de
personal en el siguiente enlace: https://secretariageneral.ugr.es/pages/proteccion_datos/
leyendas-informativas/_img/informacionadicionalprocesosselectivos/%21
Para que los/as interesados/as no tengan que aportar toda la documentación
justificativa, la Universidad de Granada accederá a las bases de datos de las
Administraciones, con garantía de confidencialidad y con la única finalidad de verificación
y consulta de los datos consignados en la inscripción, salvo que el solicitante desee
presentar la documentación por manifestar su oposición motivada a la consulta. Esta
oposición deberán manifestarla en el apartado correspondiente de la solicitud en sede
electrónica.
3.2 Derechos de examen:
Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Granada la cantidad de 42,50
euros en concepto de derechos de examen, especificando el nombre, apellidos, número
del documento nacional de identidad o pasaporte, la plaza a la que se concursa y el
código de la misma. El ingreso o transferencia bancaria deberá ser efectuado en
CaixaBank, en la cuenta ES71 21004224391300721670, con el título «Universidad de
Granada. Pruebas Selectivas», abierta en dicha entidad.
Estarán exentas del pago de los precios públicos:
– Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100.
– Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria. Serán
requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran
rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que,
asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual al Salario Mínimo
Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo citada en el párrafo
anterior se solicitará en las correspondientes Oficinas de Empleo, debiendo figurar en
ella todos y cada uno de los requisitos citados en dicho párrafo.

cve: BOE-A-2023-6614
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 61