III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2023-6621)
Resolución de 7 de marzo de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Diputación de Castellón, para el desarrollo de actuaciones culturales en el Centro Penitenciario de Castellón II.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Lunes 13 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 37229

2. El presente convenio no generará ningún tipo de vínculo contractual ni laboral
entre las partes firmantes y las personas físicas que desempeñen las actividades propias
del mismo.
Cuarta. Confidencialidad y protección de datos.
1. El área de Cultura de la Diputación de Castellón se compromete a mantener en
secreto todos los datos e informaciones facilitados por la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias y que sean concernientes a la ejecución del objeto del
presente convenio. En particular, será considerado como información confidencial todos
los datos relativos al penado, debiendo el área de Cultura de la Diputación de Castellón
mantener dicha información en reserva y secreto y no revelarla de ninguna forma, en
todo o en parte, a ninguna persona física o jurídica que no sea parte del presente
convenio.
2. Las partes se obligan al cumplimiento de lo previsto en la normativa vigente en
materia de protección de datos y, en concreto, a lo dispuesto en la Ley Orgánica 7/2021,
de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención,
detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de
sanciones penales; y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos
personales y garantías de los derechos digitales, en aquello que sea de aplicación.
A estos efectos, las entidades firmantes del convenio tendrán la consideración de
responsables de los tratamientos propios en los que se incorporen datos de carácter
personal respectivamente recabados en el ámbito de las actividades de reinserción. El
acceso a los datos por parte de una de las entidades al tratamiento de la otra parte, se
realizará con la condición de encargado de tratamiento, única y exclusivamente con la
finalidad derivada de la realización de las actividades objeto del convenio. Los datos de
carácter personal no serán cedidos ni comunicados a terceros, salvo cuando se cedan a
encargados de tratamiento legitimados o cuando se cedan a otras Administraciones
Públicas conforme a lo previsto legalmente.
3. En relación con los datos personales necesarios para el cumplimiento del objeto
del presente convenio, actuarán como responsables del tratamiento la Secretaría
General de Instituciones Penitenciarias y el área de Cultura de la Diputación de
Castellón. Los datos objeto de tratamiento tendrán por finalidad la reeducación y
reinserción social del penado, al amparo de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de
noviembre, del Código Penal, de la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, y de su
Reglamento de desarrollo.
4. Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y
organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de
carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
5. Las partes firmantes del convenio quedan exoneradas de cualquier
responsabilidad que se pudiera generar por incumplimiento de las obligaciones
anteriores efectuada por cualquiera otra parte. En caso de quebrantamiento de las
obligaciones asumidas, la entidad que los hubiera cometido responderá de las
infracciones en que hubiera incurrido.
Financiación del convenio.

El presente convenio no genera gasto para ninguna de las partes del mismo.
Sexta.

Imagen institucional.

En los elementos o soportes de difusión de las actuaciones incluidas en este
convenio y promovidas conjuntamente por la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias y el área de Cultura de la Diputación de Castellón aparecerá la imagen
gráfica de ambas partes.

cve: BOE-A-2023-6621
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.