III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-6638)
Resolución de 7 de marzo de 2023, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con el Museo del Prado, para la organización del itinerario "Calderón y la pintura".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Lunes 13 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 37375

– Contratación de la diseñadora del itinerario, por la cantidad máxima de 3.025,00
euros (tres mil veinte cinco euros) con cargo a la aplicación presupuestaria
24.107.335B.280.12 del ejercicio 2023.
– Realización de las piezas audiovisuales, por la cantidad máxima de 7.082,00 euros
(siete mil ochenta y dos euros) con cargo a la aplicación presupuestaria
24.107.335B.280.18 del ejercicio 2023.
– Producción de los materiales expositivos, por la cantidad máxima de 21.780,00
euros (veinte un mil setecientos ochenta euros) con cargo a la aplicación presupuestaria
24.107.335B.280.18 del ejercicio 2023.
La estimación económica del gasto del INAEM no vinculado a contratación
centralizada se cuantifica en un máximo de 36.727,00 euros (treinta y seis mil
setecientos veinte y siete euros), IVA incluido, del ejercicio 2023, siempre que exista
crédito adecuado y suficiente.
b)

Compromisos del MNP.

Por su parte, el MNP se compromete a:







Coordinar la organización y la implementación del Itinerario en sus salas;
ceder el espacio y salas donde interviene el itinerario;
la realización de la inauguración o rueda de prensa del itinerario;
vigilancia;
validación de contenidos;
y diseño gráfico de contenidos.

Los compromisos de gasto directo que conllevarán estas acciones para el MNP se
estiman en un máximo de 24.200,00 euros (veinticuatro mil doscientos euros), IVA
incluido, imputables íntegramente al ejercicio 2023 y al capítulo 2 del presupuesto de
gastos.
Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados
de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se
establece.
Cuarta.

Distribución de ingresos.

Al tratarse de un itinerario dentro la misma exposición permanente del MNP, el MNP
no establecerá precio ni entrada diferenciados de la entrada general al museo. La
totalidad de los ingresos de las entradas generales vendidas durante el período de
instalación del Itinerario revertirán en el MNP.
Promoción y difusión.

Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de las
actividades.
En toda la promoción y difusión de las actividades que son objeto del presente
convenio habrá de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas,
debiendo las partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la
inclusión de los citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en
que se han de incluir los mismos.
El material de difusión que generen las actividades descritas en la cláusula segunda
deberá ser sometido a revisión previa y autorización expresa de la Compañía Nacional
de Teatro Clásico (en adelante, CNTC). A tal efecto, y con antelación suficiente a su
edición, se remitirán al Departamento de Comunicación de la CNTC las pruebas de los
referidos materiales gráficos.
En la instalación del itinerario, así como en todo material asociado a él, tanto físico
como digital, y en las acciones de divulgación y comunicación por cualquier medio, se

cve: BOE-A-2023-6638
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.