T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Autos. (BOE-A-2023-6654)
Pleno. Auto 29/2023, de 7 de febrero de 2023. Recurso de amparo 4577-2019. Acepta una abstención en el recurso de amparo 4577-2019 y la extiende a otros cinco recursos de amparo promovidos todos ellos en procesos parlamentarios.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Lunes 13 de marzo de 2023

Sec. TC. Pág. 37515

SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
6654

Pleno. Auto 29/2023, de 7 de febrero de 2023. Recurso de amparo
4577-2019. Acepta una abstención en el recurso de amparo 4577-2019 y la
extiende a otros cinco recursos de amparo promovidos todos ellos en
procesos parlamentarios.

ECLI:ES:TC:2023:29A
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido
Conde-Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada
Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón,
don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel
Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño y doña
Laura Díez Bueso, en los recursos de amparo núm. 4577-2019, 4881-2019, 962-2020,
2001-2020, 7813-2021 y 74-2022, ha dictado el siguiente
AUTO
I. Antecedentes
1. Por escrito fechado el día 26 de enero de 2023, el magistrado don Juan Carlos
Campo Moreno comunicó al señor presidente, a los efectos oportunos, su voluntad de
abstenerse de intervenir en el conocimiento de los siguientes procesos constitucionales:
a) recurso de amparo avocado núm. 4577-2019 (recurrente don José Antonio Bermúdez
de Castro); b) recurso de amparo avocado núm. 4881-2019 (recurrente doña María Adán
de la Paz y otros); c) recurso de amparo avocado núm. 962-2020 (recurrente don
Santiago Abascal Conde); d) recurso de amparo avocado núm. 2001-2020 (recurrente
doña Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos); e) recurso de amparo avocado núm.
7813-2021 (recurrente doña Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo) y f) recurso de amparo
avocado núm. 74-2022 (recurrente don Alberto Rodríguez Rodríguez).
2. La solicitud invoca, en todos los procedimientos reseñados, la causa de
abstención del apartado 14 en relación con las causas de los apartados 1 y 15 del
art. 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y se fundamenta en la relación
personal que el magistrado mantiene con la Excma. Sra. presidenta del Congreso de los
Diputados, autoridad que dictó las resoluciones parlamentarias impugnadas en los seis
recursos de amparo.

Único. Visto el contenido de la comunicación efectuada por el magistrado don Juan
Carlos Campo Moreno, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del
Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estiman justificadas las causas de la abstención
formuladas en los procesos constitucionales reseñados en los antecedentes de esta
resolución.
Se estima justificada, en particular, la conexión alegada entre su relación personal
con la Excma. Sra. presidenta del Congreso de los Diputados y las causas 1, 14 y 15 del
art. 219 LOPJ, pues estas definen como motivo de abstención: el vínculo matrimonial o
situación de hecho asimilable con las partes o el representante del Ministerio Fiscal
(causa 1); encontrarse el juez o magistrado con la autoridad o funcionario que hubiese
dictado el acto o informado respecto del mismo o realizado el hecho por razón de los

cve: BOE-A-2023-6654
Verificable en https://www.boe.es

II. Fundamentos jurídicos