III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2023-6444)
Orden APA/241/2023, de 3 de marzo, por la que se modifica la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 60

Sábado 11 de marzo de 2023
Trece.

Sec. III. Pág. 36657

Se añade un nuevo anexo V, que queda redactado como sigue:
«ANEXO V
Ratios de conversión de días de pesca entre pesquerías

a) Un día de la pesquería de costera equivale a 1,238 días de la pesquería
de profundidad del mismo segmento de eslora.
b) Un día de la pesquería de profundidad equivale a 0,854 días de la
pesquería de costera del mismo segmento de eslora.»
Disposición transitoria única. Tramitación de solicitudes para la gestión conjunta de
buques durante el año 2023.
Para el año 2023, las asociaciones presentarán, en su caso, las solicitudes
establecidas en el artículo 6 en los siete días naturales siguientes a la entrada en vigor
de esta orden y la Secretaría General de Pesca emitirá la resolución provisional prevista
en el artículo 7.1 en el plazo de diez días desde la finalización del plazo para
presentación de las solicitudes.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2023-6444
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 3 de marzo de 2023.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis
Planas Puchades.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X