II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNITAT VALENCIANA. Destinos. (BOE-A-2023-6309)
Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consellería de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslado entre personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 18 de agosto de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Viernes 10 de marzo de 2023

Sec. II.A. Pág. 35634

Cuarto.
Declarar desiertas las plazas no adjudicadas en el presente concurso que se cubrirán
por funcionarios de nuevo ingreso, salvo que, por necesidades del servicio, se pretendan
amortizar. También podrán anunciarse nuevamente como vacantes en concurso
ordinario en caso de que no se convoquen procesos selectivos o de que la oferta pública
de empleo que corresponda no haga necesario el anuncio de todas las desiertas
existentes.
Quinto.
Para el personal funcionario que se encuentre en activo o en servicios especiales y
no reingrese en ninguno de los Cuerpos o Escalas a que se refiere el presente concurso,
no incluyéndose en ese punto al personal funcionario que se encuentre reingresado
provisional, el cese deberá efectuarse en las fechas que a continuación se indican:
Tramitación Procesal y Administrativa, el 23 de marzo de 2023, jueves; Gestión Procesal
y Administrativa y Auxilio Judicial, el 30 de marzo de 2023, jueves.
Aquel personal funcionario que se encuentre desempeñando una comisión de
servicios no será necesario que se desplace al órgano judicial de origen que tenga
reservado para formalizar el cese, el cual le será notificado a través de su carpeta
ciudadana de la Generalitat Valenciana. Una vez firmado digitalmente el cese, ese
mismo día, el interesado deberá remitir una copia del mismo en formato PDF a la
dirección de correo electrónico rrhh_justicia.comisionesdeservicio@gva.es, y en el
asunto indicar: Finalización comisión servicios concurso 2022. El plazo posesorio que
corresponde disfrutar a estos funcionarios se contará teniendo en cuenta la localidad del
puesto que está desempeñando efectivamente en comisión, no la del que tuviera
reservado, y la localidad del obtenido en el concurso.
Sexto.

Séptimo.
Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo a la Administración de Justicia
en los Cuerpos o Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y
Administrativa o Auxilio Judicial, procedentes desde las situaciones administrativas de
excedencia voluntaria por el cuidado de familiares, excedencia voluntaria por prestación
de servicios en el sector público, excedencia voluntaria por interés particular, excedencia
voluntaria por agrupación familiar o suspensión de funciones, incluyéndose en este punto

cve: BOE-A-2023-6309
Verificable en https://www.boe.es

La toma de posesión del nuevo destino obtenido por concurso, para el personal
funcionario indicado en el punto anterior, se producirá en los tres días hábiles siguientes
al cese, si no hay cambio de localidad del funcionario, o en los ocho días hábiles
siguientes si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma, y veinte
días hábiles siguientes si implica cambio de Comunidad Autónoma, con excepción de la
Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de Illes Balears, Ciudad de
Ceuta y Ciudad de Melilla, en que el plazo será de un mes, tanto si el puesto de trabajo
en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino. La formalización
del cese y el cómputo de los plazos posesorios se producirá cuando finalicen los
permisos o licencias, incluidos los de vacaciones, que hayan sido concedidos a los
interesados/as en cuyo caso, el cese se formalizará el mismo día de la incorporación del
funcionario/a a su puesto de trabajo, comenzando ese mismo día, de conformidad con lo
dispuesto en la Base Décima de la Resolución de 18 de agosto de 2022 por la que se
convoca el concurso y en el artículo 52.2 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre,
a contarse el plazo posesorio correspondiente. Efectuada la toma de posesión, el plazo
posesorio se considerará como de servicio activo a todos los efectos. El plazo posesorio
será retribuido por la Administración competente respecto a la plaza obtenida en
concurso.