II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Destinos. (BOE-A-2023-6303)
Resolución de 23 de febrero de 2023, del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslado entre personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por la Resolución de 18 de agosto de 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59
Viernes 10 de marzo de 2023
Sec. II.A. Pág. 35508
Cuarto.
Declarar desiertas las plazas que no han sido adjudicadas en este concurso, salvo
que por necesidades del servicio se pretendan amortizar. También podrán anunciarse
nuevamente como vacantes en concurso ordinario en caso de que no se convoquen
procesos selectivos o que la oferta pública de empleo que corresponda no haga
necesario el anuncio de todas las desiertas existentes.
Quinto.
Para los funcionarios que se encuentren en activo, en servicios especiales y que no
reingresen en ninguno de los cuerpos o escalas a que se refiere el presente concurso,
no incluyéndose en ese punto los funcionarios que se encuentren reingresados
provisionales, el cese deberá efectuarse en las fechas siguientes: cuerpo de tramitación
procesal y administrativa, el jueves 23 de marzo de 2023; cuerpos de gestión procesal y
administrativa y auxilio judicial, el jueves 30 de marzo de 2023.
Los funcionarios que se encuentren en una comisión de servicios no es necesario
que se desplacen al órgano judicial de origen que tengan reservado para formalizar el
cese, ya que podrán formalizarlo en el mismo órgano donde estén prestando dicha
comisión. El plazo posesorio que corresponde disfrutar a estos funcionarios debe
contarse teniendo en cuenta la localidad del puesto que están desempeñando
efectivamente en comisión, no la del que tuvieran reservado, y la localidad del obtenido
en el concurso.
Sexto.
La toma de posesión del nuevo destino obtenido por concurso, para los funcionarios
indicados en el punto anterior, se producirá al cabo de los tres días hábiles siguientes al
cese, si no hay cambio de localidad de los funcionarios; al cabo de los ocho días hábiles
siguientes al cese, si implica cambio de localidad dentro de la comunidad autónoma, o al
cabo de veinte días hábiles si implica cambio de comunidad autónoma, con excepción de
la Comunidad Autónoma de Canarias, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y las
ciudades de Ceuta y Melilla, en que el plazo será de un mes tanto si el puesto de trabajo
adjudicado en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino. El
cese y el cómputo de los plazos posesorios deben producirse cuando finalicen los
permisos o licencias (incluidas las vacaciones) que se hayan concedido a los
interesados. En este caso, el cese debe efectuarse el mismo día de la incorporación de
dichas personas a su puesto de trabajo, y entonces se debe comenzar a contar el plazo
posesorio correspondiente. Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se
considera como de servicio activo a todos los efectos. El plazo de toma de posesión será
retribuido por la Administración competente respecto de la plaza obtenida en el
concurso.
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo en la Administración de
justicia en los cuerpos o escalas de gestión procesal y administrativa, tramitación
procesal y administrativa o auxilio judicial, procedentes de las situaciones administrativas
de excedencia voluntaria por cuidado de familiares, excedencia voluntaria por prestación
de servicios en el sector público, excedencia voluntaria por interés particular, excedencia
voluntaria por agrupación familiar o suspensión de funciones, incluyéndose en este punto
a los funcionarios que se encuentren adscritos provisionalmente, el plazo posesorio será
de veinte días hábiles y deberá computarse desde el día de la publicación de esta
resolución en el DOGC y en el BOE. En el caso de que la publicación de esta resolución
no se haga de manera simultánea en el BOE y en el DOGC, el plazo contará a partir del
día de la publicación en el BOE. Este plazo posesorio no será retribuido.
cve: BOE-A-2023-6303
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.
Núm. 59
Viernes 10 de marzo de 2023
Sec. II.A. Pág. 35508
Cuarto.
Declarar desiertas las plazas que no han sido adjudicadas en este concurso, salvo
que por necesidades del servicio se pretendan amortizar. También podrán anunciarse
nuevamente como vacantes en concurso ordinario en caso de que no se convoquen
procesos selectivos o que la oferta pública de empleo que corresponda no haga
necesario el anuncio de todas las desiertas existentes.
Quinto.
Para los funcionarios que se encuentren en activo, en servicios especiales y que no
reingresen en ninguno de los cuerpos o escalas a que se refiere el presente concurso,
no incluyéndose en ese punto los funcionarios que se encuentren reingresados
provisionales, el cese deberá efectuarse en las fechas siguientes: cuerpo de tramitación
procesal y administrativa, el jueves 23 de marzo de 2023; cuerpos de gestión procesal y
administrativa y auxilio judicial, el jueves 30 de marzo de 2023.
Los funcionarios que se encuentren en una comisión de servicios no es necesario
que se desplacen al órgano judicial de origen que tengan reservado para formalizar el
cese, ya que podrán formalizarlo en el mismo órgano donde estén prestando dicha
comisión. El plazo posesorio que corresponde disfrutar a estos funcionarios debe
contarse teniendo en cuenta la localidad del puesto que están desempeñando
efectivamente en comisión, no la del que tuvieran reservado, y la localidad del obtenido
en el concurso.
Sexto.
La toma de posesión del nuevo destino obtenido por concurso, para los funcionarios
indicados en el punto anterior, se producirá al cabo de los tres días hábiles siguientes al
cese, si no hay cambio de localidad de los funcionarios; al cabo de los ocho días hábiles
siguientes al cese, si implica cambio de localidad dentro de la comunidad autónoma, o al
cabo de veinte días hábiles si implica cambio de comunidad autónoma, con excepción de
la Comunidad Autónoma de Canarias, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y las
ciudades de Ceuta y Melilla, en que el plazo será de un mes tanto si el puesto de trabajo
adjudicado en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino. El
cese y el cómputo de los plazos posesorios deben producirse cuando finalicen los
permisos o licencias (incluidas las vacaciones) que se hayan concedido a los
interesados. En este caso, el cese debe efectuarse el mismo día de la incorporación de
dichas personas a su puesto de trabajo, y entonces se debe comenzar a contar el plazo
posesorio correspondiente. Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se
considera como de servicio activo a todos los efectos. El plazo de toma de posesión será
retribuido por la Administración competente respecto de la plaza obtenida en el
concurso.
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo en la Administración de
justicia en los cuerpos o escalas de gestión procesal y administrativa, tramitación
procesal y administrativa o auxilio judicial, procedentes de las situaciones administrativas
de excedencia voluntaria por cuidado de familiares, excedencia voluntaria por prestación
de servicios en el sector público, excedencia voluntaria por interés particular, excedencia
voluntaria por agrupación familiar o suspensión de funciones, incluyéndose en este punto
a los funcionarios que se encuentren adscritos provisionalmente, el plazo posesorio será
de veinte días hábiles y deberá computarse desde el día de la publicación de esta
resolución en el DOGC y en el BOE. En el caso de que la publicación de esta resolución
no se haga de manera simultánea en el BOE y en el DOGC, el plazo contará a partir del
día de la publicación en el BOE. Este plazo posesorio no será retribuido.
cve: BOE-A-2023-6303
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.