V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2023-6959)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Almería por la que se acuerda la declaración, en concreto, de utilidad pública del Proyecto denominado "Línea eléctrica de Alta Tensión a 132 Kv. de evacuación de la planta solar fotovoltaica Alhamilla Solar", sita en los tt.mm. de Lucainena de las Torres y Tabernas", número de expediente LAT 6850.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58
Jueves 9 de marzo de 2023
Sec. V-B. Pág. 10887
- Las fincas n.º 12 y 13, que se ubicaban en las parcelas 5 y 6,
respectivamente, del polígono 9, dentro del término municipal de Tabernas, se
integrarían, tras la actualización catastral, dentro de la parcela 17 del polígono 9,
pasando a conformar una única finca; reflejada en la RBDA con el número 12’.
Estas modificaciones catastrales no suponen alteración de la afección total a
las fincas incluidas en la Relación de Bienes y Derechos Afectados.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Esta Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos
Europeos y de Política Industrial y Energía es competente resolver el otorgamiento
de la Utilidad Pública en concreto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49.1.a) del
Estatuto de Autonomía de Andalucía, L.O. 2/2007, de 19 de marzo; Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; Decreto
163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Política Industrial y Energía; Ley 24/2013, de 26 de diciembre del
Sector Eléctrico; Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan
las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; Ley de
Expropiación Forzosa de 16 de Diciembre de 1954; Ley 39/2015 de 1 de octubre
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Orden
de 5 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos directivos
de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
Segundo.- La declaración de utilidad pública en concreto está regulada en los
artículos 143 y siguientes del citado Real Decreto 1955/2000.
Visto los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho expresados
más arriba, esta Delegación del Gobierno
RESUELVE
Primero. Declarar en concreto la Utilidad Pública del proyecto denominado
"Subestación 30/132 kV y Línea Eléctrica de Alta Tensión a 132 Kv. de evacuación
de la planta solar fotovoltaica Alhamilla Solar", sita en los tt.mm. de Lucainena de
las Torres y Tabernas, cuyas principales características, así como la relación de
bienes y derechos afectados, son las siguientes:
Solicitante: MUSCARI SOLAR, S.L
Domicilio: Avenida de Los Naranjos, 33, Bajo. 46011 – Valencia.
Objeto: Infraestructura de evacuación de la planta solar fotovoltaica Alhamilla
Solar.
• Ubicación: En coordenadas aproximadas UTM X=566204.54 e Y=4105525.40
m N del Huso 30, Parcela 5, Polígono 8 del término municipal de Tabernas.
• Parque de 132 kV:
• Tipo: Exterior de simple barra compartida.
Zona de distribución:
cve: BOE-B-2023-6959
Verificable en https://www.boe.es
Subestación elevadora:
Núm. 58
Jueves 9 de marzo de 2023
Sec. V-B. Pág. 10887
- Las fincas n.º 12 y 13, que se ubicaban en las parcelas 5 y 6,
respectivamente, del polígono 9, dentro del término municipal de Tabernas, se
integrarían, tras la actualización catastral, dentro de la parcela 17 del polígono 9,
pasando a conformar una única finca; reflejada en la RBDA con el número 12’.
Estas modificaciones catastrales no suponen alteración de la afección total a
las fincas incluidas en la Relación de Bienes y Derechos Afectados.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Esta Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos
Europeos y de Política Industrial y Energía es competente resolver el otorgamiento
de la Utilidad Pública en concreto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49.1.a) del
Estatuto de Autonomía de Andalucía, L.O. 2/2007, de 19 de marzo; Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; Decreto
163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Política Industrial y Energía; Ley 24/2013, de 26 de diciembre del
Sector Eléctrico; Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan
las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; Ley de
Expropiación Forzosa de 16 de Diciembre de 1954; Ley 39/2015 de 1 de octubre
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Orden
de 5 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos directivos
de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
Segundo.- La declaración de utilidad pública en concreto está regulada en los
artículos 143 y siguientes del citado Real Decreto 1955/2000.
Visto los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho expresados
más arriba, esta Delegación del Gobierno
RESUELVE
Primero. Declarar en concreto la Utilidad Pública del proyecto denominado
"Subestación 30/132 kV y Línea Eléctrica de Alta Tensión a 132 Kv. de evacuación
de la planta solar fotovoltaica Alhamilla Solar", sita en los tt.mm. de Lucainena de
las Torres y Tabernas, cuyas principales características, así como la relación de
bienes y derechos afectados, son las siguientes:
Solicitante: MUSCARI SOLAR, S.L
Domicilio: Avenida de Los Naranjos, 33, Bajo. 46011 – Valencia.
Objeto: Infraestructura de evacuación de la planta solar fotovoltaica Alhamilla
Solar.
• Ubicación: En coordenadas aproximadas UTM X=566204.54 e Y=4105525.40
m N del Huso 30, Parcela 5, Polígono 8 del término municipal de Tabernas.
• Parque de 132 kV:
• Tipo: Exterior de simple barra compartida.
Zona de distribución:
cve: BOE-B-2023-6959
Verificable en https://www.boe.es
Subestación elevadora: