III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2023-6266)
Resolución de 7 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Acuerdo de encomienda de gestión de la Subsecretaría de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática a la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública, para la gestión de expedientes de responsabilidad patrimonial.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58

Jueves 9 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 35172

la acumulación entre los actos de trámite encomendados. Dicha acumulación resulta
especialmente necesaria para agilizar la tramitación de las reclamaciones contra el
Estado Legislador, respecto a las que el órgano tramitador es el Ministerio de la
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.
En consecuencia, ambas partes, acuerdan:
Primero.
Modificar el apartado Segundo c) del Acuerdo de encomienda de gestión, añadiendo
el párrafo siguiente:
«Asimismo, cuando proceda a lo largo de la tramitación, disponer la acumulación a la
que se refiere el artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dando cuenta de ello
periódicamente al Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria
Democrática.»
Segundo.
Modificar, en el apartado Segundo del Acuerdo de encomienda de gestión, las
actuaciones encomendadas en relación con la tramitación de recursos potestativos de
reposición, añadiendo, dentro de la relación de actuaciones encomendadas, el párrafo
siguiente a la letra c):
«Asimismo, cuando proceda a lo largo de la tramitación, disponer la acumulación a la
que se refiere el artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dando cuenta de ello
periódicamente al Ministerio de la Presidencia Relaciones con las Cortes y Memoria
Democrática.»
Tercero.
Esta adenda entrará en vigor a partir de su fecha de publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».

cve: BOE-A-2023-6266
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 23 de febrero de 2023.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con
las Cortes y Memoria Democrática, Alberto Herrera Rodríguez.–La Subsecretaria de
Hacienda y Función Pública, Pilar Paneque Sosa.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X