III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Subvenciones. (BOE-A-2023-6268)
Resolución de 3 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Política Territorial, por la que se conceden subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de las administraciones de las entidades locales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58
Jueves 9 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 35175
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL
6268
Resolución de 3 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Política
Territorial, por la que se conceden subvenciones destinadas a la
transformación digital y modernización de las administraciones de las
entidades locales.
Mediante Orden TER/887/2022, de 12 de septiembre, se aprobaron las bases
reguladoras y se efectuó la convocatoria correspondiente a 2022, de subvenciones
destinadas a la transformación digital y modernización de las Administraciones de las
Entidades Locales, que no hubieran presentado proyectos por el importe máximo
asignado mediante Orden TER/1204/2021, de 3 de noviembre, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE de 15 de septiembre de 2022).
Así mismo, Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2023, en la aplicación 761, del programa 94KC, servicio 50 «Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia», de la Sección 22 «Ministerio de Política Territorial y Función
Pública», contempla la realización de transferencias de capital a las entidades locales
para su modernización, por un importe de 3.336.235,08 euros.
En cumplimiento de lo anterior, y a la vista de la Propuesta de resolución de
concesión de ayudas del órgano instructor, la Dirección General de Cooperación
Autonómica y Local del Ministerio de Política Territorial, resuelve:
Esta convocatoria se ejecutará con cargo a la aplicación 761, del programa 94KC,
servicio 50 «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», de la Sección 22 «Ministerio de
Política Territorial» de los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2023. Así
mismo la convocatoria está financiada por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
de la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14
de diciembre de 2020, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, y el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo y con el artículo 18 de la Orden
TER/887/2022, de 12 de septiembre, esta resolución será notificada a los respectivos
solicitantes y publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. En este sentido,
y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4.º del artículo 18 de la mencionada orden,
«se entenderá que la entidad beneficiaria acepta todas las condiciones de la subvención,
si esta no manifiesta su oposición dentro del plazo de diez días desde la notificación de
la resolución de concesión de la misma».
Contra la resolución del procedimiento se podrá formular potestativamente
requerimiento previo para su anulación o revocación en los términos establecidos en el
artículo 44 en relación con el 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, en su caso, interponer recurso contenciosoadministrativo en los términos de citada ley.
Madrid, 3 de marzo de 2023.–El Secretario de Estado de Política Territorial,
P.D. (Orden TER/1204/2021, de 3 de noviembre), el Director General de Cooperación
Autonómica y Local, Fernando Galindo Elola-Olaso.
cve: BOE-A-2023-6268
Verificable en https://www.boe.es
Conceder las ayudas, en forma de subvenciones, para los proyectos incluidos en el
anexo I, y mediante los cuales se contribuirá a la consecución de los hitos 167 y 169 y
del objetivo 168 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El importe total
concedido asciende a 2.558.009,73 euros.
Núm. 58
Jueves 9 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 35175
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL
6268
Resolución de 3 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Política
Territorial, por la que se conceden subvenciones destinadas a la
transformación digital y modernización de las administraciones de las
entidades locales.
Mediante Orden TER/887/2022, de 12 de septiembre, se aprobaron las bases
reguladoras y se efectuó la convocatoria correspondiente a 2022, de subvenciones
destinadas a la transformación digital y modernización de las Administraciones de las
Entidades Locales, que no hubieran presentado proyectos por el importe máximo
asignado mediante Orden TER/1204/2021, de 3 de noviembre, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE de 15 de septiembre de 2022).
Así mismo, Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2023, en la aplicación 761, del programa 94KC, servicio 50 «Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia», de la Sección 22 «Ministerio de Política Territorial y Función
Pública», contempla la realización de transferencias de capital a las entidades locales
para su modernización, por un importe de 3.336.235,08 euros.
En cumplimiento de lo anterior, y a la vista de la Propuesta de resolución de
concesión de ayudas del órgano instructor, la Dirección General de Cooperación
Autonómica y Local del Ministerio de Política Territorial, resuelve:
Esta convocatoria se ejecutará con cargo a la aplicación 761, del programa 94KC,
servicio 50 «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», de la Sección 22 «Ministerio de
Política Territorial» de los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2023. Así
mismo la convocatoria está financiada por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
de la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14
de diciembre de 2020, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, y el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo y con el artículo 18 de la Orden
TER/887/2022, de 12 de septiembre, esta resolución será notificada a los respectivos
solicitantes y publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. En este sentido,
y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4.º del artículo 18 de la mencionada orden,
«se entenderá que la entidad beneficiaria acepta todas las condiciones de la subvención,
si esta no manifiesta su oposición dentro del plazo de diez días desde la notificación de
la resolución de concesión de la misma».
Contra la resolución del procedimiento se podrá formular potestativamente
requerimiento previo para su anulación o revocación en los términos establecidos en el
artículo 44 en relación con el 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, en su caso, interponer recurso contenciosoadministrativo en los términos de citada ley.
Madrid, 3 de marzo de 2023.–El Secretario de Estado de Política Territorial,
P.D. (Orden TER/1204/2021, de 3 de noviembre), el Director General de Cooperación
Autonómica y Local, Fernando Galindo Elola-Olaso.
cve: BOE-A-2023-6268
Verificable en https://www.boe.es
Conceder las ayudas, en forma de subvenciones, para los proyectos incluidos en el
anexo I, y mediante los cuales se contribuirá a la consecución de los hitos 167 y 169 y
del objetivo 168 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El importe total
concedido asciende a 2.558.009,73 euros.