II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-6250)
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Universidad de Alicante, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de marzo de 2023
Sec. II.B. Pág. 35102
convocatoria mediante la presentación de la siguiente documentación, accediendo a su
expediente electrónico:
a) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o
psíquico para el desempeño de las funciones correspondientes a profesor de
universidad. A estos efectos, los reconocimientos se podrán realizar a través de los
servicios médicos existentes en el Servicio de Prevención de la Universidad de Alicante.
b) Declaración jurada de no haber sido separada o separado de la Administración
del Estado, institucional o local, ni de las administraciones de las comunidades
autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse en situación de
inhabilitación para el ejercicio de la función pública. Las y los aspirantes que no posean
la nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar
sometidas o sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado
el acceso a la función pública.
c) Quienes tuvieren la condición de personal funcionario de carrera, estarán
exentos de justificar el documento del apartado a, debiendo presentar certificación del
ministerio u organismo del que dependan, acreditando tal condición y cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
10. Nombramiento y toma de posesión
10.1 Una vez realizado el trámite anterior, la Rectora efectuará el nombramiento de
la persona o personas propuestas, que será publicado en el «Boletín Oficial del Estado»
y en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» y comunicado a los registros
oportunos, especificando la denominación de la plaza, cuerpo y área de conocimiento.
10.2 Toma de posesión. En el plazo máximo veinte días, a contar desde el día
siguiente de la publicación del nombramiento en el BOE, la o el candidato propuesto
deberá tomar posesión. La Unidad de Gestión de Personal Docente e Investigador le
requerirá la documentación necesaria para su formalización, que presentará
mediante instancia genérica a través del Registro Electrónico de la Universidad de
Alicante (disponible en la Sede Electrónica de la Universidad de Alicante), o a través de
Uacloud-eadministración-trámites-instancia genérica.
10.3 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984,
de 26 de diciembre, y a las normas de desarrollo, en materia de incompatibilidades.
11.
Norma final
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de esta,
que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo
ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de los de Alicante competente, en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, 6.4 de la Ley
orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y potestativamente podrán
interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente
al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.
Alicante, 2 de marzo de 2023.–La Rectora, P. D. (Resolución de 22 de diciembre
de 2020), el Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado, Luis Alfonso Martínez
Giner.
cve: BOE-A-2023-6250
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 58
Jueves 9 de marzo de 2023
Sec. II.B. Pág. 35102
convocatoria mediante la presentación de la siguiente documentación, accediendo a su
expediente electrónico:
a) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o
psíquico para el desempeño de las funciones correspondientes a profesor de
universidad. A estos efectos, los reconocimientos se podrán realizar a través de los
servicios médicos existentes en el Servicio de Prevención de la Universidad de Alicante.
b) Declaración jurada de no haber sido separada o separado de la Administración
del Estado, institucional o local, ni de las administraciones de las comunidades
autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse en situación de
inhabilitación para el ejercicio de la función pública. Las y los aspirantes que no posean
la nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar
sometidas o sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado
el acceso a la función pública.
c) Quienes tuvieren la condición de personal funcionario de carrera, estarán
exentos de justificar el documento del apartado a, debiendo presentar certificación del
ministerio u organismo del que dependan, acreditando tal condición y cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
10. Nombramiento y toma de posesión
10.1 Una vez realizado el trámite anterior, la Rectora efectuará el nombramiento de
la persona o personas propuestas, que será publicado en el «Boletín Oficial del Estado»
y en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» y comunicado a los registros
oportunos, especificando la denominación de la plaza, cuerpo y área de conocimiento.
10.2 Toma de posesión. En el plazo máximo veinte días, a contar desde el día
siguiente de la publicación del nombramiento en el BOE, la o el candidato propuesto
deberá tomar posesión. La Unidad de Gestión de Personal Docente e Investigador le
requerirá la documentación necesaria para su formalización, que presentará
mediante instancia genérica a través del Registro Electrónico de la Universidad de
Alicante (disponible en la Sede Electrónica de la Universidad de Alicante), o a través de
Uacloud-eadministración-trámites-instancia genérica.
10.3 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984,
de 26 de diciembre, y a las normas de desarrollo, en materia de incompatibilidades.
11.
Norma final
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de esta,
que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo
ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de los de Alicante competente, en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, 6.4 de la Ley
orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y potestativamente podrán
interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente
al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.
Alicante, 2 de marzo de 2023.–La Rectora, P. D. (Resolución de 22 de diciembre
de 2020), el Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado, Luis Alfonso Martínez
Giner.
cve: BOE-A-2023-6250
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Núm. 58