III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Entidades de seguros. (BOE-A-2023-6274)
Orden ETD/232/2023, de 24 de febrero, de autorización administrativa a Casualty & General Insurance Company (Europe) Limited, para establecer una sucursal en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58

Jueves 9 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 35264

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
6274

Orden ETD/232/2023, de 24 de febrero, de autorización administrativa a
Casualty & General Insurance Company (Europe) Limited, para establecer
una sucursal en España.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 61 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de
ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, la
entidad Casualty & General Insurance Company (Europe) Limited, domiciliada en el
Reino Unido, ha presentado solicitud de autorización administrativa para establecer una
sucursal en España al objeto de operar en el ramo de caución.
De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se concluye que la
entidad ha dado cumplimiento a los requisitos previstos en el artículo 61 de la
Ley 20/2015, de 14 de julio, y en el artículo 36 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de
noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y
reaseguradoras, para el ejercicio de la actividad aseguradora.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de
Pensiones, he resuelto:
Primero.
Autorizar a la entidad Casualty & General Insurance Company (Europe) Limited, en
los términos de la solicitud presentada, el establecimiento de una sucursal en España
para operar en el ramo de caución, ramo 15 de la clasificación establecida en el Anexo
de la Ley 20/2015, de 14 de julio.
Segundo.
Realizar la correspondiente anotación registral en el Registro administrativo previsto
en el artículo 40 de la mencionada Ley 20/2015, de 14 de julio.
Tercero.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo
previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con
carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente a su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada
Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en
el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 24 de febrero de 2023.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra
de Asuntos Económicos y Transformación Digital. P.D. (Orden ETD/1218/2021, de 25 de
octubre de 2021), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Gonzalo
García Andrés.

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