III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-6150)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización horizontal de la imposición y el cobro de sanciones en entidades con funciones de regulación y supervisión de mercados, ejercicios 2017 y 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57

Miércoles 8 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 34806

el tribunal correspondiente. Sin embargo, la mayor cuantía de la deuda por las sanciones del
periodo era deuda litigiosa que había sido suspendida (medida adoptada en 46 procedimientos
judiciales). El importe de esta deuda suspendida judicialmente por las sanciones impuestas en el
periodo ascendía, en la fecha señalada inicialmente, a 209.308.833 euros (107.358.960 euros por
sanciones de 2017 y 101.949.873 euros por las de 2018). El resto de la deuda pendiente
(17.034.195 euros) procedía de sanciones que no se habían pagado ni suspendido judicialmente y
se encontraba ya en su totalidad en periodo ejecutivo.
2.198. Respecto de los doce sancionados en el periodo que no recurrieron sus sanciones, siete
las pagaron sin recurrir por un importe total de 259.760 euros y tres resultaron exentos de pago
conforme al programa de clemencia. Los importes de las sanciones de los otros dos sancionados
que no recurrieron su sanción no se cobraron: uno de ellos entró en concurso de acreedores poco
después de la sanción (1.880 euros); y el otro, después de conseguir un fraccionamiento, no pagó
y estaba declarado insolvente (5.407 euros).
II.2.3.2. EL COBRO DE LAS SANCIONES IMPUESTAS DURANTE EL PERIODO EN LA AEPD
2.199. En la AEPD se impusieron 982 sanciones pecuniarias en el periodo fiscalizado, 613 en
2017 y 369 en 2018, por un importe total de 30.500.617 euros (17.319.962 euros en 2017 y
13.180.655 euros en 2018). La recaudación efectiva por sanciones esos ejercicios fue de
14.369.969 euros y 11.713.827, respectivamente13.
2.200. Como se ha señalado anteriormente, la AEPD cobra en periodo voluntario sus sanciones
en cuentas propias de la entidad, incorporando esos fondos a su tesorería. En los supuestos de
terminación del procedimiento previstos en el artículo 85 de la LPAC las cobra en la cuenta
proporcionada a los sancionados tras el acuerdo de inicio y antes de la resolución sancionadora.
Estos supuestos de terminación de los procedimientos sancionadores, mediante el pago
anticipado con reducciones antes de la resolución sancionadora, han pasado a ser los más
frecuentes y los que han generado mayores recursos a la entidad. En 2017 esta forma de pago y
terminación se ha utilizado en 266 procedimientos y el importe ingresado ha ascendido a
5.582.130 euros. En 2018 esta forma de pago y terminación anticipada se ha utilizado en 188
procedimientos y el importe ingresado ha ascendido a 5.445.548 euros.

2.202. Transcurrido el plazo de pago voluntario sin haberse realizado el ingreso de la sanción se
abre el periodo ejecutivo para el cobro de las deudas. Algunos cobros en periodo ejecutivo se han
realizado en la cuenta de la propia AEPD antes de que se trasladase la gestión de cobro de la
sanción a la AEAT. Sin embargo, la mayoría de los cobros en periodo ejecutivo se hicieron por la
AEAT por cuenta de la AEPD, en virtud del convenio suscrito entre ambas entidades, y se
ingresaron posteriormente en la cuenta de la AEPD. En 2017 se han cobrado sanciones en
periodo ejecutivo de 137 procedimientos por importe de 3.484.455 euros; y en 2018, de 104
procedimientos por importe de 2.743.361 euros.

A diferencia del criterio seguido en las demás entidades fiscalizadas, en la AEPD se han analizado los
datos del importe de las sanciones impuestas y de las cobradas en cada uno de los dos años naturales
fiscalizados, por la dificultad de obtener los cobros, a una fecha determinada, de las casi mil sanciones
impuestas en el periodo.
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2.201. En los supuestos de terminación ordinaria de los procedimientos las resoluciones
sancionadoras de la AEPD indican los plazos para el pago en periodo voluntario y la cuenta
bancaria donde debe realizarse. En 2017 se han cobrado sanciones en periodo voluntario de 136
procedimientos sancionadores y el importe ingresado en periodo voluntario ha ascendido a
5.303.384 euros. En 2018 se han cobrado sanciones en periodo voluntario de 78 procedimientos
sancionadores y el importe ingresado ha ascendido a 3.524.918 euros.