II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE IGUALDAD. Personal laboral. (BOE-A-2023-6103)
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se corrigen errores en la de 17 de febrero de 2023, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el procedimiento excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración, como personal laboral fijo, en los grupos profesionales G1 y G3 de Administración sujeto al Anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57

Miércoles 8 de marzo de 2023

Sec. II.B. Pág. 34630

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE IGUALDAD
6103

Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se
corrigen errores en la de 17 de febrero de 2023, por la que se convoca
proceso selectivo para ingreso, por el procedimiento excepcional de
estabilización de empleo temporal de larga duración, como personal laboral
fijo, en los grupos profesionales G1 y G3 de Administración sujeto al Anexo II
del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General
del Estado.

Por Resolución de 17 de febrero de 2023, el Ministerio de Igualdad (BOE del 27) se
convocó proceso selectivo para ingreso, por el procedimiento excepcional de
estabilización de empleo temporal de larga duración, como personal laboral fijo.
Advertidos errores materiales de la citada publicación, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 109, apartado segundo, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su
corrección en los siguientes términos:
En el Anexo I, punto 2.b), donde dice:
a. 5 puntos por cada curso recibido en materias relacionadas con funciones de
inspección y control de fondos europeos, de una duración igual o superior a quince
horas.

c. 5 puntos por cada curso impartido en materias relacionadas con funciones de
inspección y control de fondos europeos, con un mínimo de dos horas de impartición.
Debe decir:
a. 5 puntos por cada curso recibido en materias relacionadas con funciones de
inspección y control de fondos europeos y en materia de igualdad, de una duración igual
o superior a quince horas.

c. 5 puntos por cada curso impartido en materias relacionadas con funciones de
inspección y control de fondos europeos y en materia de igualdad, con un mínimo de dos
horas de impartición.

«El importe de la tasa por derechos de examen será de 31,10 euros para la general,
y de 15,55 euros para las familias numerosas de categoría general, a abonar de acuerdo
con la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023.»
Debe decir:
«El importe de la tasa por derechos de examen para el Grupo G1 será de 31,10
euros para la general, y de 15,55 euros para las familias numerosas de categoría
general, y para el Grupo G3 será de 15,57 euros para la general, y de 7,79 euros para
las familias numerosas de categoría general a abonar de acuerdo con la Ley 31/2022,
de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.»

cve: BOE-A-2023-6103
Verificable en https://www.boe.es

En el Anexo III, donde dice: