II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-6148)
Resolución de 1 de marzo de 2023, de la Universidad Autónoma de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57
Miércoles 8 de marzo de 2023
Sec. II.B. Pág. 34685
docente e investigador, y de otro, a la capacidad para la exposición y debate en la
correspondiente materia o especialidad tras la prueba a realizar en sesión pública.
Una vez constituida la Comisión de Acceso, para las sucesivas actuaciones de la
misma el Presidente/a deberá citar a todos los miembros asistentes al acto de
constitución. Si algún miembro de la Comisión de Acceso constituida no asistiere a
alguna de las actuaciones de la misma, decaerá como miembro de la Comisión de
Acceso, sin que proceda ya sustitución alguna.
Para que las actuaciones de la Comisión de Acceso sean válidas, deberán
comparecer el Presidente/a, el Secretario/a y uno, al menos, de los vocales asistentes al
acto de constitución. Constituida la Comisión de Acceso, el Presidente/a dictará
resolución dentro del plazo de diez días hábiles, convocando a los miembros de la
misma y a todos los candidatos admitidos, para realizar el acto de presentación que
tendrá lugar en un plazo no superior a un mes desde la constitución, con señalamiento
de día, hora y lugar de la celebración, y en la que se comunicarán los criterios de
valoración. Ambas resoluciones habrán de ser notificadas a sus destinatarios con una
antelación de diez días hábiles respecto a la fecha del acto para el que son convocados.
6.2
Acto de presentación.
6.2.1 En el acto de presentación, que será público, los candidatos entregarán al
Presidente/a de la Comisión de Acceso la siguiente documentación por quintuplicado:
a) Proyecto docente, referido a las actividades a realizar por quien obtenga la plaza
que figure en la convocatoria.
b) Proyecto investigador, referido a las actividades a realizar por quien obtenga la
plaza que figure en la convocatoria.
c) Currículum vitae: Una de las copias debe incluir los documentos que acrediten o
justifiquen los méritos alegados.
6.2.2 En el acto de presentación se determinará también la fecha de inicio de las
pruebas, que será en el período comprendido entre el día siguiente y quince días
naturales después del acto de presentación y el orden de actuación de los candidatos,
obtenido mediante el correspondiente sorteo.
Pruebas.
6.3.1 Los concursos de acceso se compondrán de una única prueba en la que se
valorará el historial académico, docente e investigador de los candidatos, así como su
proyecto docente e investigador, y en la que, en sesión pública, se contrastarán sus
capacidades para la exposición y debate en la correspondiente materia o especialidad.
Los candidatos dispondrán de un máximo de noventa minutos para su exposición y el
debate con la Comisión de Acceso podrá extenderse hasta un máximo de tres horas.
6.3.2 Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión de Acceso entregará al
Presidente/a un informe individual razonado sobre cada uno de los candidatos que
deberá incluir la valoración de cada uno de los apartados de los criterios específicos de
cada plaza, el voto favorable o desfavorable y la motivación del mismo. Cada miembro
de la Comisión de Acceso solo podrá votar favorablemente, como máximo, tantos
candidatos como plazas convocadas.
6.3.3 Una vez terminada la prueba, la Comisión de Acceso hará públicos los
resultados de la evaluación de cada candidato desglosada por cada uno de los aspectos
evaluados. La propuesta de provisión recaerá en el candidato o candidatos que hayan
obtenido el mayor número de votos, con un mínimo de tres.
6.3.4 El concurso podrá concluir con la propuesta de no provisión.
6.4
Resolución del concurso.
La Comisión de Acceso propondrá al Rectorado, para su nombramiento, con carácter
vinculante, una relación por orden de preferencia de, como máximo, tantos candidatos
cve: BOE-A-2023-6148
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 57
Miércoles 8 de marzo de 2023
Sec. II.B. Pág. 34685
docente e investigador, y de otro, a la capacidad para la exposición y debate en la
correspondiente materia o especialidad tras la prueba a realizar en sesión pública.
Una vez constituida la Comisión de Acceso, para las sucesivas actuaciones de la
misma el Presidente/a deberá citar a todos los miembros asistentes al acto de
constitución. Si algún miembro de la Comisión de Acceso constituida no asistiere a
alguna de las actuaciones de la misma, decaerá como miembro de la Comisión de
Acceso, sin que proceda ya sustitución alguna.
Para que las actuaciones de la Comisión de Acceso sean válidas, deberán
comparecer el Presidente/a, el Secretario/a y uno, al menos, de los vocales asistentes al
acto de constitución. Constituida la Comisión de Acceso, el Presidente/a dictará
resolución dentro del plazo de diez días hábiles, convocando a los miembros de la
misma y a todos los candidatos admitidos, para realizar el acto de presentación que
tendrá lugar en un plazo no superior a un mes desde la constitución, con señalamiento
de día, hora y lugar de la celebración, y en la que se comunicarán los criterios de
valoración. Ambas resoluciones habrán de ser notificadas a sus destinatarios con una
antelación de diez días hábiles respecto a la fecha del acto para el que son convocados.
6.2
Acto de presentación.
6.2.1 En el acto de presentación, que será público, los candidatos entregarán al
Presidente/a de la Comisión de Acceso la siguiente documentación por quintuplicado:
a) Proyecto docente, referido a las actividades a realizar por quien obtenga la plaza
que figure en la convocatoria.
b) Proyecto investigador, referido a las actividades a realizar por quien obtenga la
plaza que figure en la convocatoria.
c) Currículum vitae: Una de las copias debe incluir los documentos que acrediten o
justifiquen los méritos alegados.
6.2.2 En el acto de presentación se determinará también la fecha de inicio de las
pruebas, que será en el período comprendido entre el día siguiente y quince días
naturales después del acto de presentación y el orden de actuación de los candidatos,
obtenido mediante el correspondiente sorteo.
Pruebas.
6.3.1 Los concursos de acceso se compondrán de una única prueba en la que se
valorará el historial académico, docente e investigador de los candidatos, así como su
proyecto docente e investigador, y en la que, en sesión pública, se contrastarán sus
capacidades para la exposición y debate en la correspondiente materia o especialidad.
Los candidatos dispondrán de un máximo de noventa minutos para su exposición y el
debate con la Comisión de Acceso podrá extenderse hasta un máximo de tres horas.
6.3.2 Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión de Acceso entregará al
Presidente/a un informe individual razonado sobre cada uno de los candidatos que
deberá incluir la valoración de cada uno de los apartados de los criterios específicos de
cada plaza, el voto favorable o desfavorable y la motivación del mismo. Cada miembro
de la Comisión de Acceso solo podrá votar favorablemente, como máximo, tantos
candidatos como plazas convocadas.
6.3.3 Una vez terminada la prueba, la Comisión de Acceso hará públicos los
resultados de la evaluación de cada candidato desglosada por cada uno de los aspectos
evaluados. La propuesta de provisión recaerá en el candidato o candidatos que hayan
obtenido el mayor número de votos, con un mínimo de tres.
6.3.4 El concurso podrá concluir con la propuesta de no provisión.
6.4
Resolución del concurso.
La Comisión de Acceso propondrá al Rectorado, para su nombramiento, con carácter
vinculante, una relación por orden de preferencia de, como máximo, tantos candidatos
cve: BOE-A-2023-6148
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