III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Variedades comerciales de plantas. (BOE-A-2023-6179)
Orden APA/228/2023, de 1 de marzo, por la que se dispone la inclusión de diversas variedades de distintas especies en el Registro de Variedades Comerciales.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57

Miércoles 8 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 34948

Especie: Peral
Inscripción definitiva
20220328 MAGALLONERA.
Especie: Pimiento
Inscripción definitiva
20200096 CAMPECHE.
20190296 EVOKE.
20190295 INSIGNIA.
Especie: Portainjerto Berenjena
Inscripción definitiva
20210033 AUGUSTO.
Especie: Tomate
Inscripción definitiva
20200097 ALBARADO.
20200174 ALMIRANTE.
20190145 ANTARTICO.
20200139 EST 180010.
20200140 EST 180027.
20200317 MOLY.
20200165 OYIN.
20210009 PERONPOMPERO.
20200360 YECHAR.
Especie: Vid
Inscripción definitiva
20180351 CARMOLI.
20180350 ITUMSEVENTEEN.
20180352 QUIPAR.
ANEXO II

1. El Plan de Seguimiento tendrá una duración mínima de cinco años y deberá
presentarse antes de que finalice el periodo de dos meses a contar desde la fecha de
publicación de esta orden.
2. Suministrar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y al Consejo
Interministerial de Organismos Modificados Genéticamente, al final de cada campaña de
siembra, y en todo caso, antes del 30 de julio de cada año, los datos a nivel nacional de
ventas de semilla de cada variedad por localidades, incluyendo listado de compradores.
Asimismo, se deberá proporcionar la información referida en el párrafo anterior a las
Comunidades Autónomas en el ámbito de su territorio.

cve: BOE-A-2023-6179
Verificable en https://www.boe.es

Requisitos que debe cumplir el Plan de Seguimiento que llevarán a cabo los
solicitantes de las variedades modificadas genéticamente, que contienen la
modificación genética Mon 810