III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-6046)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las subvenciones de Ayuda Oficial al Desarrollo gestionadas por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, ejercicio 2016.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56

Martes 7 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 33907

III. OTRAS DISPOSICIONES

CORTES GENERALES
6046

Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta
para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de
fiscalización de las subvenciones de Ayuda Oficial al Desarrollo gestionadas
por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo,
ejercicio 2016.

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del
día 29 de noviembre de 2022, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca
del Informe de fiscalización de las subvenciones de Ayuda Oficial al Desarrollo
gestionadas por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo,
ejercicio 2016, acuerda:
1.

Instar al Gobierno a:

– Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y
recomendaciones.
Instar a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo a:

– Elaborar unos manuales de procedimientos de sus distintas áreas de gestión,
definiendo las funciones y responsabilidades de cada unidad.
– Reforzar los mecanismos de control interno, y más concretamente elaborar un
registro único que aglutine la totalidad de subvenciones concedidas, con el fin de mejorar
su control oportuno.
– Superar las deficiencias e incumplimientos en la gestión de subvenciones
concedidas, mediante una evaluación exhaustiva de los procedimientos implantados que
conduzca al riguroso cumplimiento de la normativa que regula dicha materia, así como a
la mejora del control interno de esta área de actividad.
– Iniciar los trámites necesarios para regularizar, depurar y actualizar la situación de
los expedientes de subvenciones. Agilizar las actuaciones para interrumpir la
prescripción de derechos como consecuencia del transcurso del tiempo, así como
declarar la prescripción de aquellos que ya lo estuvieran. Además, la Entidad debería
trasladar los expedientes todavía en tramitación a la aplicación informática empleada
actualmente u otra similar, cerrando las aplicaciones que se mantienen como histórico.
– Regularizar la situación contable de los derechos de cobro procedentes de las
resoluciones de reintegro que se hubiesen dictado con la liquidación de las cantidades a
pagar, registrando aquellos que no hubieran sido contabilizados al cierre de cada
ejercicio, sin perjuicio de que posteriormente dichos derechos sean provisionados en
función de sus probabilidades de cobro.
– Realizar una adecuada planificación estratégica de subvenciones, que permita
mejorar la eficacia en el cumplimiento de los objetivos de las subvenciones concedidas,
así como la eficiencia y la economía en la gestión de estos recursos, mediante la
definición detallada de indicadores de seguimiento de los objetivos previstos en los
planes estratégicos de subvenciones, así como del análisis posterior de las desviaciones
producidas.
– Redefinir alguno de sus indicadores de gestión, de forma que proporcionen
información válida para el seguimiento de los objetivos establecidos y para la toma de
decisiones. Asimismo, sería recomendable acomodar el contenido de las memorias
presupuestarias a los instrumentos de planificación plurianual para que constituyan un
elemento adecuado de examen del desarrollo de la acción pública de la Entidad.

cve: BOE-A-2023-6046
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