III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-6043)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la gestión de las ayudas y subvenciones concedidas en el marco del programa 231H "Acciones en favor de los inmigrantes", ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Martes 7 de marzo de 2023
I.6.
Sec. III. Pág. 33709
TRÁMITE DE ALEGACIONES
Conforme a lo dispuesto en el art. 44.1 de la Ley 7/1988, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas,
los resultados de las actuaciones practicadas en el procedimiento fiscalizador fueron puestos de
manifiesto a quienes fueron las máximas responsables durante el periodo fiscalizado de los ministerios de Empleo y Seguridad Social y de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Asimismo, se
remitió el Informe al actual Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que ha asumido
las competencias en la materia fiscalizada, todo ello para la eventual formulación de las alegaciones
que considerasen oportunas o la presentación de los documentos y justificaciones que estimasen
procedentes.
Dentro del plazo concedido, se han recibido alegaciones formuladas por parte del Ministerio de
Inclusión, Seguridad, Social y Migraciones, que se incorporan al informe.
Las alegaciones han sido analizadas y valoradas detenidamente. En general, se trata de aclaraciones sobre las situaciones o hechos descritos en el informe. En los casos en que por los datos expuestos se ha considerado procedente, se ha introducido la oportuna modificación. En todo caso,
con independencia de las consideraciones que se hayan efectuado en las alegaciones recibidas, el
resultado definitivo de las actuaciones fiscalizadoras es el expresado en los posteriores apartados
de este informe.
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
Los resultados de la fiscalización se presentan en ocho subapartados:
- En el primero de ellos, al tiempo que se realiza una descripción de las ayudas, se analiza la normativa específica reguladora de las distintas líneas de subvención.
- En el segundo, además de la descripción del contenido de las distintas aplicaciones presupuestarias analizadas, se concluye sobre la representatividad del estado de liquidación del presupuesto
de gastos con relación a la ejecución presupuestaria de los capítulos 4 y 7 del Programa 231H.
- En el tercero se analiza el cumplimiento de la normativa y de los procedimientos de gestión de las
ayudas concedidas.
- En el cuarto se analiza la adecuación de los indicadores de seguimiento y de los objetivos del
programa presupuestario 231H y de su grado de cumplimiento.
- En el quinto se analiza el cumplimiento de las recomendaciones efectuadas por el Tribunal de
Cuentas en su informe de fiscalización sobre los fondos públicos aplicados por la SEIE, aprobado
por el Pleno el 22 de diciembre de 2011.
II.1. DESCRIPCIÓN DE LAS SUBVENCIONES Y ANÁLISIS DE SU NORMATIVA REGULADORA ESPECÍFICA
Las subvenciones concedidas a inmigrantes y refugiados están sujetas a las normas de carácter
general a las que se ha hecho referencia en el subapartado I.4. de este informe.
cve: BOE-A-2023-6043
Verificable en https://www.boe.es
- En los tres últimos subapartados se analizan las cuestiones relacionadas con las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres,
y en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno, así como con el principio de sostenibilidad ambiental en todo aquello que ha tenido relación con el objeto de las actuaciones fiscalizadoras.
Núm. 56
Martes 7 de marzo de 2023
I.6.
Sec. III. Pág. 33709
TRÁMITE DE ALEGACIONES
Conforme a lo dispuesto en el art. 44.1 de la Ley 7/1988, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas,
los resultados de las actuaciones practicadas en el procedimiento fiscalizador fueron puestos de
manifiesto a quienes fueron las máximas responsables durante el periodo fiscalizado de los ministerios de Empleo y Seguridad Social y de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Asimismo, se
remitió el Informe al actual Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que ha asumido
las competencias en la materia fiscalizada, todo ello para la eventual formulación de las alegaciones
que considerasen oportunas o la presentación de los documentos y justificaciones que estimasen
procedentes.
Dentro del plazo concedido, se han recibido alegaciones formuladas por parte del Ministerio de
Inclusión, Seguridad, Social y Migraciones, que se incorporan al informe.
Las alegaciones han sido analizadas y valoradas detenidamente. En general, se trata de aclaraciones sobre las situaciones o hechos descritos en el informe. En los casos en que por los datos expuestos se ha considerado procedente, se ha introducido la oportuna modificación. En todo caso,
con independencia de las consideraciones que se hayan efectuado en las alegaciones recibidas, el
resultado definitivo de las actuaciones fiscalizadoras es el expresado en los posteriores apartados
de este informe.
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
Los resultados de la fiscalización se presentan en ocho subapartados:
- En el primero de ellos, al tiempo que se realiza una descripción de las ayudas, se analiza la normativa específica reguladora de las distintas líneas de subvención.
- En el segundo, además de la descripción del contenido de las distintas aplicaciones presupuestarias analizadas, se concluye sobre la representatividad del estado de liquidación del presupuesto
de gastos con relación a la ejecución presupuestaria de los capítulos 4 y 7 del Programa 231H.
- En el tercero se analiza el cumplimiento de la normativa y de los procedimientos de gestión de las
ayudas concedidas.
- En el cuarto se analiza la adecuación de los indicadores de seguimiento y de los objetivos del
programa presupuestario 231H y de su grado de cumplimiento.
- En el quinto se analiza el cumplimiento de las recomendaciones efectuadas por el Tribunal de
Cuentas en su informe de fiscalización sobre los fondos públicos aplicados por la SEIE, aprobado
por el Pleno el 22 de diciembre de 2011.
II.1. DESCRIPCIÓN DE LAS SUBVENCIONES Y ANÁLISIS DE SU NORMATIVA REGULADORA ESPECÍFICA
Las subvenciones concedidas a inmigrantes y refugiados están sujetas a las normas de carácter
general a las que se ha hecho referencia en el subapartado I.4. de este informe.
cve: BOE-A-2023-6043
Verificable en https://www.boe.es
- En los tres últimos subapartados se analizan las cuestiones relacionadas con las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres,
y en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno, así como con el principio de sostenibilidad ambiental en todo aquello que ha tenido relación con el objeto de las actuaciones fiscalizadoras.