III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-6043)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la gestión de las ayudas y subvenciones concedidas en el marco del programa 231H "Acciones en favor de los inmigrantes", ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56

Martes 7 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 33706

vigentes hasta entonces: Órdenes ESS/923/2017, de 14 de septiembre, y TMS/722/2018, de 5 de
julio.
Por último, el ámbito temporal de la fiscalización corresponde al ejercicio 2018, esto es, se analizarán las convocatorias de ayudas de 2018. No obstante, el análisis de los procedimientos se ha
extendido al momento en el que se realizaron las pruebas planificadas en el marco de la fiscalización
y se han examinado los documentos y actuaciones de ejercicios anteriores o posteriores que se han
considerado necesarios para el cumplimiento de los objetivos.
I.4.

MARCO NORMATIVO

En el periodo fiscalizado, la normativa general reguladora de las ayudas y subvenciones, objeto de
la fiscalización, estaba constituida, principalmente, por las siguientes normas:
- Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (LGP).
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (LPACAP).
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones (RLGS).
Con carácter específico, las ayudas concedidas en régimen de concurrencia competitiva se encontraban reguladas, principalmente, por las órdenes ministeriales por las que se aprobaron las distintas bases reguladoras para la concesión de las diferentes líneas de subvención y por sus resoluciones de convocatoria y de concesión; y las de concesión directa se regulaban, básicamente, por sus
convenios y resoluciones de concesión, y por los correspondientes reales decretos por los que se
aprueban las normas reguladoras de la concesión directa de las mismas.
Asimismo, dado que estas subvenciones pueden cofinanciarse por el FAMI o el FSE, están sujetas
a la correspondiente normativa comunitaria.
Las subvenciones cofinanciadas por el FSE a través del Programa Operativo de Inclusión Social y
de la Economía Social, en las que la DGIAH actúa como organismo intermedio, se rigen, además
de por la normativa anteriormente señalada, por lo dispuesto, principalmente, en la normativa siguiente:

b) Reglamento (UE) 1304/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de
2013, relativo al Fondo Social Europeo.
c) Reglamento Delegado (UE) 480/2014, de la Comisión, de 3 de marzo de 2014, que complementa el Reglamento (UE) 1303/2013.
d) Reglamento de Ejecución (UE) 821/2014, de la Comisión, de 28 de julio de 2014, por el que
se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 1303/2013 en lo que se

cve: BOE-A-2023-6043
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a) Reglamento (UE) 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de
2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola
de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen
disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social
Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca.