III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-6056)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Poder Judicial, la Comunidad de Madrid y la Universidad de Alcalá, para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales de la Comunidad de Madrid y de Castilla-La Mancha.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Martes 7 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 34346
Dicha colaboración se concreta en que el alumnado que cursa estudios en la
Universidad de Alcalá pueda realizar prácticas externas en juzgados y tribunales de la
Comunidad de Madrid y de Castilla-La Mancha de conformidad con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto y compromisos de las partes.
Constituye el objeto del presente convenio la realización de prácticas externas
curriculares y extracurriculares (en adelante, prácticas externas) por el alumnado
matriculado en la asignatura de prácticas académicas, de estudios oficiales de grado o
máster que imparte la Universidad de Alcalá y siempre de titulaciones relacionadas con
profesiones de la Administración de Justicia, en los juzgados y tribunales de la
Comunidad de Madrid y de Castilla-La Mancha.
Por un lado, la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de
Madrid se compromete a permitir la realización de las prácticas externas objeto del
presente convenio, así como a facilitar el acceso del alumnado a las sedes de los
juzgados y tribunales.
Por otro lado, la Universidad de Alcalá se compromete a que la persona o personas
que ejerza/n la tutoría de las prácticas en el órgano judicial pueda disfrutar de los
siguientes derechos, en el marco de la normativa propia de la Universidad de Alcalá que
sea de aplicación:
La colaboración que prestan el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de
Justicia y la Comunidad de Madrid estará siempre supeditada a las necesidades y
disponibilidad del juzgado o tribunal donde se realicen las prácticas externas, por lo que
surgida tal necesidad o falta de disponibilidad, en su caso, el convenio quedará
suspendido, en tanto persistan estas situaciones o, en su caso extinguido sin que sea
preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a reclamación alguna por parte de
la Universidad de Alcalá o concesión de indemnización o compensación a su favor.
Asimismo, la Universidad se compromete, en función de su disponibilidad, a prestar
su colaboración al Ministerio de Justicia y al Consejo General del Poder Judicial
mediante la cesión de aulas, con ocasión de la celebración de pruebas correspondientes
a los procesos selectivos para el ingreso o acceso de personal funcionario al servicio de
la Administración de Justicia y de acceso a las carreras judicial y fiscal.
Las partes determinarán, de común acuerdo, el número de estudiantes que
realizarán las prácticas en los juzgados y tribunales.
Segunda.
Condiciones y requisitos generales de las prácticas.
1. Las prácticas externas se ajustarán en todo caso a la normativa vigente, y en
especial a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Cada alumno/a deberá suscribir al inicio de las prácticas el documento que se
adjunta como anexo al presente convenio.
cve: BOE-A-2023-6056
Verificable en https://www.boe.es
a) Reconocimiento de su actividad colaboradora mediante documento acreditativo
expedido por la Universidad de Alcalá que certifique su actividad como tutor/a de
estudiantes en prácticas.
b) Ser informada acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así
como del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios
en el cumplimiento de los fines propios de su función.
d) Disfrutar de las mismas ventajas que el personal de la Universidad en lo
concerniente al acceso a bibliotecas, instalaciones deportivas o actividades culturales,
entre otras.
Núm. 56
Martes 7 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 34346
Dicha colaboración se concreta en que el alumnado que cursa estudios en la
Universidad de Alcalá pueda realizar prácticas externas en juzgados y tribunales de la
Comunidad de Madrid y de Castilla-La Mancha de conformidad con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto y compromisos de las partes.
Constituye el objeto del presente convenio la realización de prácticas externas
curriculares y extracurriculares (en adelante, prácticas externas) por el alumnado
matriculado en la asignatura de prácticas académicas, de estudios oficiales de grado o
máster que imparte la Universidad de Alcalá y siempre de titulaciones relacionadas con
profesiones de la Administración de Justicia, en los juzgados y tribunales de la
Comunidad de Madrid y de Castilla-La Mancha.
Por un lado, la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de
Madrid se compromete a permitir la realización de las prácticas externas objeto del
presente convenio, así como a facilitar el acceso del alumnado a las sedes de los
juzgados y tribunales.
Por otro lado, la Universidad de Alcalá se compromete a que la persona o personas
que ejerza/n la tutoría de las prácticas en el órgano judicial pueda disfrutar de los
siguientes derechos, en el marco de la normativa propia de la Universidad de Alcalá que
sea de aplicación:
La colaboración que prestan el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de
Justicia y la Comunidad de Madrid estará siempre supeditada a las necesidades y
disponibilidad del juzgado o tribunal donde se realicen las prácticas externas, por lo que
surgida tal necesidad o falta de disponibilidad, en su caso, el convenio quedará
suspendido, en tanto persistan estas situaciones o, en su caso extinguido sin que sea
preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a reclamación alguna por parte de
la Universidad de Alcalá o concesión de indemnización o compensación a su favor.
Asimismo, la Universidad se compromete, en función de su disponibilidad, a prestar
su colaboración al Ministerio de Justicia y al Consejo General del Poder Judicial
mediante la cesión de aulas, con ocasión de la celebración de pruebas correspondientes
a los procesos selectivos para el ingreso o acceso de personal funcionario al servicio de
la Administración de Justicia y de acceso a las carreras judicial y fiscal.
Las partes determinarán, de común acuerdo, el número de estudiantes que
realizarán las prácticas en los juzgados y tribunales.
Segunda.
Condiciones y requisitos generales de las prácticas.
1. Las prácticas externas se ajustarán en todo caso a la normativa vigente, y en
especial a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Cada alumno/a deberá suscribir al inicio de las prácticas el documento que se
adjunta como anexo al presente convenio.
cve: BOE-A-2023-6056
Verificable en https://www.boe.es
a) Reconocimiento de su actividad colaboradora mediante documento acreditativo
expedido por la Universidad de Alcalá que certifique su actividad como tutor/a de
estudiantes en prácticas.
b) Ser informada acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así
como del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios
en el cumplimiento de los fines propios de su función.
d) Disfrutar de las mismas ventajas que el personal de la Universidad en lo
concerniente al acceso a bibliotecas, instalaciones deportivas o actividades culturales,
entre otras.