III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-5948)
Resolución de 28 de febrero de 2023, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Madrid y la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, sobre la gestión integral de uso de la Ermita de San Antonio de la Florida.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 55

Lunes 6 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 33168

Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo
a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto coordinar las diferentes competencias y
responsabilidades de las tres instituciones firmantes para garantizar la conservación y
difusión de la Ermita de San Antonio de la Florida (en adelante, la Ermita), de los frescos
de Francisco de Goya y de los demás bienes de valor histórico y artístico contenidos en
este monumento.
Segunda.
1.

Compromisos de las instituciones.

Son compromisos comunes a las tres partes firmantes los siguientes:

a) Velar por la adecuada conservación integral de la Ermita y de su entorno, tanto
en los ámbitos arquitectónico y paisajístico, como, y muy especialmente, en lo
concerniente a las pinturas al fresco, realizadas por Francisco de Goya en su cúpula,
bóvedas y pechinas.
En este sentido, se consideran aspectos fundamentales el mantenimiento de las
cubiertas, el control de las humedades, la iluminación, el control medioambiental, la
limpieza y estética del interior del templo y todo aquello que pueda afectar a la obra del
maestro aragonés.
b) Procurar el mejor y más adecuado conocimiento de la Ermita y sus frescos por
los visitantes, garantizando, en la forma más conveniente, su visita diaria con los
suficientes medios personales y materiales.
La visita debe compatibilizarse, en todo caso, con las medidas de conservación y
preservación de los bienes de valor histórico y artístico del monumento y, en particular,
de los frescos de Francisco de Goya.
c) Realizar actividades culturales y, en su caso, de culto, en la Ermita, siempre que
sean acordes con su significado histórico y artístico o con su tradición histórica,
observando siempre el máximo respeto a los valores del monumento y, en particular, de
los frescos de Francisco de Goya. Dichas actividades podrán realizarse a instancia de
cualquiera de las tres instituciones firmantes, previa conformidad de la comisión de
seguimiento prevista en este convenio, según el procedimiento detallado en su cláusula
tercera.
Cada una de las partes correrá con los gastos que genere el acto o actividad que sea
objeto de su propuesta.
Asimismo, las partes se comprometen a destacar, en las actividades previstas en
este convenio, la colaboración prestada por las demás entidades firmantes, así como a
incorporar sus respectivos logotipos en cuantos materiales se reproduzcan y utilicen para
la publicidad y difusión de las actividades realizadas.
Son compromisos del Patrimonio Nacional:

a) Afrontar las intervenciones que se requieran tanto en materia arquitectónica
como de conservación de los frescos y demás bienes muebles de carácter histórico y
artístico contenidos en la Ermita. Se incluyen en este apartado todas aquellas
inversiones de conservación preventiva necesarias para garantizar la correcta
conservación del monumento.
Los técnicos de Patrimonio Nacional definirán las actuaciones necesarias para
subsanar las deficiencias que se han generado en el edificio por el paso del tiempo.
b) Sufragar los gastos de estas actuaciones como titular del inmueble y de los
bienes muebles en él depositados. Asimismo, y a tal efecto, asumirá la dirección de
dichos cometidos, con la supervisión del comité técnico previsto en la cláusula tercera.

cve: BOE-A-2023-5948
Verificable en https://www.boe.es

2.