II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-5917)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Universidad Rovira i Virgili, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 55
Lunes 6 de marzo de 2023
Sec. II.B. Pág. 33057
concursantes entregan a la comisión su currículum académico, docente, investigador y
profesional, un ejemplar de sus publicaciones y los documentos acreditativos de los
hechos que constan en el currículum.
7.3 En la segunda fase se evalúa la adecuación de la persona candidata al perfil de
la plaza convocada, con la valoración de su currículum, de acuerdo con el baremo
aprobado por la comisión, en base a lo que establece la normativa de concursos de
acceso a plazas de profesorado funcionario de los cuerpos docentes universitarios y con
la valoración de la exposición oral de la persona candidata sobre sus proyectos
académicos (proyecto docente y/o proyecto de investigación) en relación con las
necesidades de la universidad, puestas de manifiesto en la convocatoria de la plaza,
seguida de un debate entre la comisión y la persona concursante. La exposición de la
persona candidata tendrá una duración máxima de una hora y la duración total de la
exposición y el debate no podrá exceder de dos horas y media.
8.
Propuesta de provisión y reclamaciones
8.1 Finalizada la prueba, la comisión elaborará un informe razonado, que puede ser
individual o colectivo si la comisión así lo acuerda, sobre los méritos de las personas
candidatas de acuerdo con los criterios de valoración establecidos e indicando la
puntuación conseguida por cada uno de los concursantes. La comisión propondrá al
Rector de forma motivada y con carácter vinculante, una relación de todas las personas
candidatas que han sido valorados positivamente, con el orden de preferencia para su
nombramiento. La comisión también puede dejar la plaza desierta.
La comisión puede acordar su propuesta por unanimidad o por mayoría. En este
segundo caso el miembro de la comisión disconforme deberá hacer constar su propia
valoración y ordenación de las personas candidatas.
8.2 Los concursantes que no hayan sido propuestos para ser nombrados para la
plaza no podrán alegar ningún derecho sobre plazas vacantes de la Universitat Rovira i
Virgili. El Rector a la vista de la propuesta presentada, dictará resolución nombrando a la
persona candidata de mayor puntuación propuesta por la comisión.
8.3 Según el artículo 65 de la LOU, la persona candidata nombrada no podrá
participar en un nuevo concurso de acceso para plazas de igual categoría y área o
ámbito de conocimiento de esta universidad o una universidad diferente, hasta que no
hayan transcurrido dos años desde la fecha de toma de posesión.
8.4 Contra la propuesta de la comisión, las personas candidatas podrán presentar
reclamación ante el Rector de la universidad, en el plazo de diez días a partir de la fecha
de la propuesta de la comisión. La valoración de las mismas, de acuerdo con el Estatuto
de la Universitat Rovira i Virgili, corresponderá a la Comisión de Reclamaciones. La
comisión, después de haber escuchado a los miembros de la comisión de valoración del
concurso reclamado y las personas candidatas que hayan participado en el mismo, tiene
que resolver motivadamente las reclamaciones en el plazo máximo de tres meses. La
resolución del Rector, que ejecuta el acuerdo de la Comisión de Reclamaciones, pone fin
a la vía administrativa.
9.1 Las personas candidatas propuestas para la provisión de plazas deberán
presentar en el Servicio de Recursos Humanos, en el plazo de veinte días naturales
siguientes a la conclusión de la actuación de la comisión los siguientes documentos:
a) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento
correspondiente si su nacionalidad es diferente a la española.
b) Copia compulsada del título de doctor o doctora.
c) Declaración jurada que acredite que la persona candidata seleccionada no tiene
ningún defecto o enfermedad que impida el desarrollo normal de las funciones
correspondientes.
cve: BOE-A-2023-5917
Verificable en https://www.boe.es
9. Presentación de documentos y nombramientos
Núm. 55
Lunes 6 de marzo de 2023
Sec. II.B. Pág. 33057
concursantes entregan a la comisión su currículum académico, docente, investigador y
profesional, un ejemplar de sus publicaciones y los documentos acreditativos de los
hechos que constan en el currículum.
7.3 En la segunda fase se evalúa la adecuación de la persona candidata al perfil de
la plaza convocada, con la valoración de su currículum, de acuerdo con el baremo
aprobado por la comisión, en base a lo que establece la normativa de concursos de
acceso a plazas de profesorado funcionario de los cuerpos docentes universitarios y con
la valoración de la exposición oral de la persona candidata sobre sus proyectos
académicos (proyecto docente y/o proyecto de investigación) en relación con las
necesidades de la universidad, puestas de manifiesto en la convocatoria de la plaza,
seguida de un debate entre la comisión y la persona concursante. La exposición de la
persona candidata tendrá una duración máxima de una hora y la duración total de la
exposición y el debate no podrá exceder de dos horas y media.
8.
Propuesta de provisión y reclamaciones
8.1 Finalizada la prueba, la comisión elaborará un informe razonado, que puede ser
individual o colectivo si la comisión así lo acuerda, sobre los méritos de las personas
candidatas de acuerdo con los criterios de valoración establecidos e indicando la
puntuación conseguida por cada uno de los concursantes. La comisión propondrá al
Rector de forma motivada y con carácter vinculante, una relación de todas las personas
candidatas que han sido valorados positivamente, con el orden de preferencia para su
nombramiento. La comisión también puede dejar la plaza desierta.
La comisión puede acordar su propuesta por unanimidad o por mayoría. En este
segundo caso el miembro de la comisión disconforme deberá hacer constar su propia
valoración y ordenación de las personas candidatas.
8.2 Los concursantes que no hayan sido propuestos para ser nombrados para la
plaza no podrán alegar ningún derecho sobre plazas vacantes de la Universitat Rovira i
Virgili. El Rector a la vista de la propuesta presentada, dictará resolución nombrando a la
persona candidata de mayor puntuación propuesta por la comisión.
8.3 Según el artículo 65 de la LOU, la persona candidata nombrada no podrá
participar en un nuevo concurso de acceso para plazas de igual categoría y área o
ámbito de conocimiento de esta universidad o una universidad diferente, hasta que no
hayan transcurrido dos años desde la fecha de toma de posesión.
8.4 Contra la propuesta de la comisión, las personas candidatas podrán presentar
reclamación ante el Rector de la universidad, en el plazo de diez días a partir de la fecha
de la propuesta de la comisión. La valoración de las mismas, de acuerdo con el Estatuto
de la Universitat Rovira i Virgili, corresponderá a la Comisión de Reclamaciones. La
comisión, después de haber escuchado a los miembros de la comisión de valoración del
concurso reclamado y las personas candidatas que hayan participado en el mismo, tiene
que resolver motivadamente las reclamaciones en el plazo máximo de tres meses. La
resolución del Rector, que ejecuta el acuerdo de la Comisión de Reclamaciones, pone fin
a la vía administrativa.
9.1 Las personas candidatas propuestas para la provisión de plazas deberán
presentar en el Servicio de Recursos Humanos, en el plazo de veinte días naturales
siguientes a la conclusión de la actuación de la comisión los siguientes documentos:
a) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento
correspondiente si su nacionalidad es diferente a la española.
b) Copia compulsada del título de doctor o doctora.
c) Declaración jurada que acredite que la persona candidata seleccionada no tiene
ningún defecto o enfermedad que impida el desarrollo normal de las funciones
correspondientes.
cve: BOE-A-2023-5917
Verificable en https://www.boe.es
9. Presentación de documentos y nombramientos