II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-5917)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Universidad Rovira i Virgili, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de marzo de 2023

Sec. II.B. Pág. 33053

cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Asimismo, podrán participar en los concursos de accesos convocados, los acreditados
de nacionalidad extranjera no comunitaria cuando se cumplan los requisitos del
artículo 12 del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre. En el momento de presentación
de la solicitud para participar en el proceso selectivo, deberá acreditarse la nacionalidad,
así como en su caso, el vínculo de parentesco y el de vivir a expensas, conforme lo
previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo sobre acceso al
empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de
nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación
de trabajadores. La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la
convocatoria se realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados
por las autoridades competentes de su país de origen traducido a alguna de las dos
lenguas oficiales en Catalunya.
b) Edad: Tener cumplida la edad mínima exigida por la normativa vigente y no
haber superado la edad de jubilación prevista en la legislación vigente.
c) No haber sido separado/da, mediante expediente disciplinario, del Servicio de
Administración del Estado o de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Las personas aspirantes
cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos
a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función
pública.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones
correspondientes al profesorado de universidad.
3.

Requisitos específicos

a) Estar en posesión de la acreditación pertinente para el cuerpo de que se trate,
de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre y cumplir
los requisitos establecidos en el artículo 4 del Real Decreto 1313/2007. Asimismo,
podrán presentarse a los concursos de acceso quienes resultarán habilitados conforme a
lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el
sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes
Universitarios y el régimen de los concursos respectivos.
b) Acreditar en el momento de presentar la solicitud el conocimiento de la lengua
catalana, mediante el certificado de nivel de suficiencia de catalán o nivel equivalente
según la normativa vigente. Se podrá también acreditar el conocimiento de la lengua
catalana con anterioridad a la realización de la prueba del concurso de acceso, mediante
la acreditación del certificado de nivel de suficiencia para el personal docente e
investigador de la URV, o con posterioridad a la realización de la prueba del concurso de
acceso si le es de aplicación el artículo 3.7 del Decreto 128/2010, de 14 de septiembre,
sobre la acreditación del conocimiento lingüístico del profesorado de las universidades
del sistema universitario de Catalunya.
c) No podrán participar quienes se hallen incursos en la prohibición contenida en el
artículo 9.4 del Real Decreto 1313/2007, es decir, los que habiendo obtenido una plaza
tras un concurso de acceso a cuerpos docentes universitarios en otra universidad no la
hubieran desempeñado, al menos, durante dos años.
d) Los requisitos establecidos en las presentes bases deben cumplirse en el
momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión.

cve: BOE-A-2023-5917
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Núm. 55