II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-5915)
Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de marzo de 2023

Sec. II.B. Pág. 33018

5.5 La Comisión tomará sus acuerdos por mayoría, por lo que la propuesta de
provisión de plaza requiere, al menos, dos votos favorables.
6.

Prueba

6.1 El procedimiento que regirá los concursos será público y deberá permitir
valorar, en todo caso, el historial académico, docente e investigador del candidato, su
proyecto docente e investigador, así como contrastar sus capacidades para la exposición
y el debate ante la Comisión en la correspondiente materia o especialidad en sesión
pública.
6.2 Los aspirantes tendrán derecho a acceder a la documentación presentada por
el resto de los candidatos y los informes o valoraciones efectuadas por los miembros de
la Comisión.
6.3 Acto de Presentación: será público. Los concursantes entregarán la siguiente
documentación:
a) Curriculum vitae, por triplicado, en el que el concursante detallará su historial
académico, docente e investigador, así como un ejemplar de las publicaciones y los
documentos acreditativos de lo consignado en el mismo.
b) Proyecto Docente e Investigador, por triplicado, que el concursante se propone
desarrollar en el caso de que se le adjudique la plaza a la que concursa.
En dicho acto la Comisión procederá a fijar y hacer público los criterios específicos
para la valoración del concurso, que deberán referirse, en todo caso, al historial
académico, docente e investigador del aspirante, su proyecto docente e investigador, así
como permitir contrastar sus capacidades para la exposición y debate en la
correspondiente materia o especialidad en sesión pública. Entre los criterios para la
resolución del concurso deberán figurar, a tenor de lo dispuesto en el artículo 110 de los
Estatutos de la Universidad de Cádiz, la calidad docente e investigadora de los
candidatos, la calidad de sus trabajos y su adaptación al tipo de tareas que deban
realizar. De estas circunstancias se dará publicidad para conocimiento de los candidatos.
Asimismo, se determinará, mediante sorteo, el orden de actuación de los
concursantes y se fijará el lugar, fecha y hora del comienzo de la prueba.
En el mismo acto de Presentación, el Presidente de la Comisión hará público el plazo
fijado por aquélla para que cualquier concursante pueda examinar la documentación
presentada por los restantes concursantes con anterioridad al inicio de la prueba.
6.4 Desarrollo de la prueba. La prueba de estos concursos será pública y consistirá
en la exposición oral por el concursante, en un tiempo máximo de noventa minutos, de
los méritos alegados en su currículum vitae y en la defensa de su proyecto docente e
investigador. Seguidamente la Comisión debatirá con el concursante sobre todos
aquellos aspectos que estime relevantes en relación con lo aportado o expuesto.
Finalizada la prueba, la Comisión deliberará y cada uno de sus miembros emitirá un
voto con informe razonado sobre la valoración cuantificada que le merece cada uno de
los concursantes, ajustándose a los criterios aprobados por la Comisión. En caso de
unanimidad, dichos informes podrán sustituirse por un informe único y razonado de la
Comisión.
6.5 Los resultados de evaluación de cada candidato, desglosada por cada uno de
los aspectos evaluados, serán publicados en la página web del Área de Personal de la
Universidad de Cádiz.
6.6 La propuesta del candidato elegido se hará pública en el lugar donde se haya
efectuado la prueba.
7.

Propuesta de provisión

7.1 La Comisión propondrá al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una
relación de todos los candidatos y candidatas por orden de preferencia para su

cve: BOE-A-2023-5915
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 55