II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Personal laboral. (BOE-A-2023-5719)
Resolución de 28 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la relación de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo para el ingreso, por el procedimiento excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración, como personal laboral fijo, en el grupo profesional E2 sujeto al IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, en el Parque Móvil del Estado, O.A., convocado por Resolución de 28 de diciembre de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

Sábado 4 de marzo de 2023

Sec. II.B. Pág. 32610

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o no
aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos,
serán excluidos de la participación en el proceso selectivo.
Finalizado dicho plazo, las modificaciones que se hubieran producido se publicarán
en los mismos lugares en que se publicaron las relaciones iniciales de admitidos,
abriéndose, a partir del día siguiente a dicha publicación, el plazo de dos meses para
interponer demanda ante el órgano jurisdiccional competente de conformidad con la
Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Cuarto.
De conformidad con lo establecido en la base 6.1 de la convocatoria, los aspirantes
admitidos (anexo), dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, contados desde el
siguiente a la publicación de su admisión definitiva, para presentar la documentación
acreditativa de los méritos que deseen se les valore en el concurso. Todo ello atendiendo
a los méritos que podrán ser alegados y que se recogen en el anexo I de la citada
resolución.
A estos efectos, la documentación indicada podrá ser presentada en el registro
Electrónico Común-Red SARA (REC), o en la forma prevista en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y dirigida al Parque Móvil del Estado, Subdirección General
de Recursos Humanos (DIR3: EA0023064), calle Cea Bermúdez, 5, 28071 Madrid.
Quinto.
Con independencia del momento de su expedición, la certificación de los méritos
estará referida hasta la fecha de publicación de la resolución de la convocatoria.
Los certificados de los méritos profesionales (anexo VI de la resolución de
convocatoria), serán expedidos por los servicios de personal del Ministerio u Organismo
donde presten servicios, o en su caso, del último donde hayan prestado sus servicios, y
en el que consten los méritos a valorar en la fase de concurso, hasta la fecha de
publicación de la resolución de convocatoria. La certificación se hará previa petición de
las personas aspirantes y en la que consten los méritos a valorar en la fase de concurso.
Los méritos académicos y de cursos de formación se acreditarán documentalmente
mediante la presentación de copia auténtica de los correspondientes títulos o diplomas.
La superación de ejercicios selectivos se acreditará mediante certificación expedida
por el órgano convocante del respectivo proceso selectivo alegado, en el que deberá
especificar el proceso selectivo al que se refiere y los ejercicios superados. Este mérito
estará siempre referido hasta la fecha de publicación de la resolución de convocatoria.
Sexto.
De conformidad con lo establecido en la base 6.2 de la convocatoria, el Tribunal
publicará en los medios citados en la base 1.1, la relación que contenga la valoración
provisional de méritos del concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada
uno de los méritos y la puntuación total.

Designar el Tribunal Calificador cuya composición se hará pública en los lugares
señalados en el apartado primero de esta resolución.
Madrid, 28 de febrero de 2023.–La Subsecretaria de Hacienda y Función Pública,
Pilar Paneque Sosa.

cve: BOE-A-2023-5719
Verificable en https://www.boe.es

Séptimo.