III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-5743)
Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "FV Pioz RD2 y FV Pioz RT1" de 27 MWp y 125 MWp respectivamente, y su estructura de evacuación, en Pioz (Guadalajara) y Santorcaz, Anchuelo, Villalbilla y Alcalá de Henares (Madrid)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

Sábado 4 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 32742

Como medidas protectoras sobre la hidrología los promotores proponen un diseño de
la planta de tal forma que no se alteren los cauces fluviales, respetando la franja de 35 m
de protección. Además, la ubicación del parque de maquinaria y almacenamiento de
material estará alejado de los cauces naturales y se crearán sistemas de drenaje
provisionales sobre las zonas de acopio de materiales.
Vegetación, flora y Hábitats de Interés Comunitario (HICs): El territorio de estudio se
encuentra dentro de la región Biogeográfica Mediterránea. La superficie de los dos
ámbitos de estudio se encuentra altamente antropizada y dedicada al cultivo agrícola.
Solo una cuarta parte, para el ámbito de las PSFVs, y dos quintas partes, para el ámbito
de las LAT, se consideran entorno natural, formado pastos xerófilos, matorral
pulverulento, encinares, quejigares y pinares, y galerías fluviales y bosques de ribera
(estos últimos, generalmente degradados).
La afección prevista en ambos ámbitos de estudios es mínima, debido a la baja
superficie de entorno natural, pero se han identificado zonas de especial sensibilidad
para la vegetación, relacionadas o no con HICs. Las PSFVs colindan estrechamente con
el HIC 4090 no prioritario «Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga» en dos
puntos, uno al norte, y otro hacia el sureste. En relación a las líneas de evacuación, se
identifican las siguientes afecciones según la tabla a continuación:
Tabla 1. Relación de zonas de especial sensibilidad para la vegetación e HICs afectados por las líneas
de evacuación. El asterisco (*) en el código indica HIC prioritarios. El tramo, indicado en m, indica la longitud
total atravesada

LAAT 45-132 kV

Zona de especial
sensibilidad

Ladera de Anchuelo.

Tramo (m)

4090 Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga.

≈ 1056



6220* Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea.

117



6220* Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea.

Colinda
estrechamente



1520* (principal) Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia) y 6220* Zonas
subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea.

452

LAAT RT1-132 kV

Pinar del Gurugú.
LAAT RD2-45 kV

Código

Río Henares.



≈ 1000

3150 Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamiono
Hydrocharition (5 %), 3280 Ríos mediterráneos de caudal permanente del
Paspalo-Agrostidion y Salixy Populus alba (5 %), 92A0 Bosques galería de Salix
alba y Populus alba (principal, 60 %), y 92D0 Galerías y matorrales ribereños
termomediterráneos (15 %).

20

Según el EsIA, las principales afecciones se producirán por la eliminación de la
cobertura vegetal y por la degradación de la vegetación tanto por el desbroce como por
la tala de pies arbóreos, siendo más importante en aquellas zonas donde existan
hábitats protegidos.
Como medida protectora sobre la vegetación, en el EsIA se indica que se identificará
y delimitarán las zonas con vegetación naturalizada, además de respetar la vegetación
natural de porte arbóreo. En caso de necesidad de tala, se procederá a su traslocación a
zonas con necesidad de integración paisajística. En fase de tendido se tendrá especial
cuidado estudiando la necesidad del tendido y la afección a la vegetación.
La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de
Madrid indica que se deberán contemplar todas las condiciones establecidas en su
informe para evitar la afección a la flora, vegetación y hábitats protegidos. Los
promotores indican que se identificarán las especies protegidas y se señalizarán para su
mantenimiento.

cve: BOE-A-2023-5743
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