III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-5743)
Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "FV Pioz RD2 y FV Pioz RT1" de 27 MWp y 125 MWp respectivamente, y su estructura de evacuación, en Pioz (Guadalajara) y Santorcaz, Anchuelo, Villalbilla y Alcalá de Henares (Madrid)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

Sábado 4 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 32738

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
5743

Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto
ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos «FV Pioz RD2 y FV
Pioz RT1» de 27 MWp y 125 MWp respectivamente, y su estructura de
evacuación, en Pioz (Guadalajara) y Santorcaz, Anchuelo, Villalbilla y Alcalá
de Henares (Madrid)».
Antecedentes de hecho

La Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) remite a esta Dirección General con fecha 22
de julio de 2022 solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental
del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "FV Pioz RD2 y FV Pioz RT1" de 27 MWp
y 125 MWp respectivamente, y su estructura de evacuación, en los TTMM de Pioz
(Guadalajara), y en los TTM de Santorcaz, Anchuelo, Villalbilla y Alcalá de Henares
(Madrid)», del que Blue Viking Beatrice S.L., y Blue Viking Cristina S.L., son promotores
y la Dirección General de Política Energética y Minas del MITECO ostenta la condición
de órgano sustantivo.
Alcance de la evaluación
La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por
el promotor y se pronuncia sobre los impactos asociados al proyecto, así como los
efectos sobre los factores ambientales derivados de su vulnerabilidad, recogidos en el
estudio de impacto ambiental (en adelante EsIA). Se incluye, asimismo, en la evaluación,
el proceso de participación pública y consultas.
No comprende el ámbito de la evaluación de la seguridad y salud en el trabajo, ni de
seguridad industrial, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos.
1. Descripción y localización del proyecto
Se plantea la ejecución de dos plantas solares fotovoltaicas, en adelante PSFVs, con
las siguientes capacidades de producción:

Las infraestructuras definidas para la evacuación de la producción eléctrica son las
siguientes:
– Líneas de media tensión (LMT) subterráneas, de 30kV Centro de Seccionamiento
«FV Pioz RT1 – SET Pioz RT1» y «FV Pioz RD2 – SET Pioz RD2», ubicadas en Pioz
(Guadalajara).
– Subestaciones eléctricas transformadoras, (SET) «Pioz RT1» 30/132 kV y «Pioz
RD2» 30/45 kV, ubicadas en Pioz (Guadalajara).

cve: BOE-A-2023-5743
Verificable en https://www.boe.es

– PSFV «FV Pioz RD2», de 27 MWp y 58,01 ha de perímetro vallado, ubicada en
Pioz (Guadalajara) y Santorcaz (Madrid).
– PSFV «FV Pioz RT1», de 125 MWp y 255,35 ha de perímetro vallado, ubicada en
Pioz (Guadalajara). Se subdivide en dos sectores, uno al norte del municipio de Pioz, y
otro hacia el suroeste.