III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2023-5747)
Resolución de 22 de febrero de 2023, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Cantabria, para el mantenimiento del Centro Español para los Cuidados de Salud Basados en la Evidencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 4 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 32780

Que el artículo 4 d) de los mencionados Estatutos prevé establecer convenios,
acuerdos y contratos con centros del Sistema Nacional de Salud, instituciones y
organismos públicos de investigación biomédica y en ciencias de la salud nacionales e
internacionales, universidades y entidades privadas que realicen actividades de
investigación científica y desarrollo tecnológico, para la realización de proyectos y
actividades de investigación, desarrollo tecnológico, innovación y otras actividades de
carácter científico, docente y asesor.
III. La Constitución española, a través de su artículo 43, reconoce el derecho a la
protección de la salud y establece que compete a los poderes públicos organizar y tutelar
la salud pública a través de las medidas preventivas y de las prestaciones y servicios
necesarios.
El Estatuto de Autonomía para Cantabria atribuye en su artículo 24.19 a la
Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de «investigación científica y
técnica, en coordinación con la general del Estado». En el ámbito sanitario, el
artículo 25.3 indica que en el marco de la legislación básica del Estado y en los términos
que la misma establezca, corresponde a la Comunidad Autónoma de Cantabria el
desarrollo legislativo y la ejecución en materia de «sanidad e higiene, promoción,
prevención y restauración de la salud».
Sentado lo anterior, la disposición adicional decimocuarta de la Ley 7/2002, de 10 de
diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria, indica que «a los efectos de la
Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y de la restante
normativa básica en la materia, la Fundación «Instituto de Investigación Marqués de
Valdecilla» (IDIVAL) tiene la consideración de organismo público de investigación de la
Comunidad Autónoma de Cantabria y de agente de ejecución del Sistema Español de
Ciencia, Tecnología e Innovación».
IV. Que las partes consideran como objeto principal dentro de sus respectivos fines
potenciar la investigación y la traslación del conocimiento a la práctica clínica en el
ámbito de la salud, y especialmente también en el área de enfermería, en consonancia
con las declaraciones e iniciativas nacionales, europeas e internacionales más
importantes, como son:
Las líneas estratégicas señaladas por OMS-Europa para el refuerzo de la enfermería
y la obstetricia en el marco de los objetivos de Salud 2020, en las que se señala como
objetivo dentro de las áreas de actuación prioritarias el favorecer la cultura de práctica
basada en la evidencia y la innovación, mediante el refuerzo de la formación, la
investigación, el liderazgo y el acceso a recursos basados en la evidencia.
El informe Nursing Research In Europe Scoping Report (ERA-CARE Network)
de 2005, que postula el papel de la investigación en el área de enfermería como base
para unos cuidados de calidad.
Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer las líneas de colaboración entre la
Comunidad Autónoma de Cantabria, a través de IDIVAL, y el ISCIII, a través de InvesténISCIII, para regular la participación de ambos en el proyecto CECBE, y el funcionamiento
de dicho proyecto, del que forman parte diferentes Comunidades Autónomas, para el
desarrollo de la práctica clínica de enfermería basada en la evidencia, el desarrollo de
las actividades de investigación, formación y asesoramiento que se deriven durante el
período de vigencia del convenio.

cve: BOE-A-2023-5747
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 54