I. Disposiciones generales. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2023-5582)
Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueban las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de energía eléctrica para su adaptación al régimen económico de energías renovables y evolución del comité de agentes del mercado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 53

Viernes 3 de marzo de 2023
Regla 40.ª

Sec. I. Pág. 31621

Procedimiento de casación del mercado intradiario de subastas.

40.1 Elementos básicos del procedimiento de casación en el mercado intradiario de
subastas.
40.2 Procedimiento de casación simple.
40.3 Procedimiento de casación cuando concurran ofertas de compra y venta y
complejas.
40.3.1
40.3.2

Búsqueda de una primera solución válida.
Mejora sucesiva de la primera solución válida.

40.4 Proceso de casación cuando se exceda la capacidad neta de referencia de
intercambio en las interconexiones internacionales.
40.4.1 Supuesto de aplicación.
40.4.2 Predeterminación de los datos a considerar.
40.4.3 Procedimiento de determinación de la solución final.
40.4.4 Procedimiento de separación de mercados cuando hay congestión en la
interconexión hispano-portuguesa.
Regla 41.ª

Resultado de la casación del mercado intradiario de subastas.

41.1 Cálculo del programa incremental resultado del mercado intradiario de
subastas.
41.2 Establecimiento del orden de precedencia económica de las ofertas casadas
en el resultado de la casación.
Regla 42.ª Información del proceso de aceptación, verificación de ofertas y del
resultado de la casación del mercado intradiario de subastas.
Regla 43.ª Situaciones excepcionales en los mercados intradiarios de subastas.
43.1

Indisponibilidad del programa diario viable.

Regla 44.ª

Liquidación de las subastas del mercado intradiario.

44.1 Determinación de la retribución correspondiente a los vendedores como
resultado de la liquidación de las subastas de mercado intradiario.
44.2 Precios a considerar en la determinación del precio de la adquisición de
energía eléctrica en las subastas del mercado intradiario.
44.3 Derechos de cobro en las subastas del mercado intradiario.
44.4 Obligaciones de pago en las subastas del mercado intradiario.
44.5 Ingresos en las subastas del mercado intradiario por el proceso de separación
de mercados en la interconexión entre España y Portugal.
44.6 Publicación de los resultados de la liquidación de las subastas del mercado
intradiario.
Objetivo y conceptos básicos.
Ofertas al mercado intradiario continuo.

46.1 Ofertas.
46.2 Proceso de envío de ofertas.
46.2.1 Limites máximos y mínimos de cantidad de energía y precio aceptados por
el operador del mercado en el mercado intradiario continuo.
46.2.2 Validación de ofertas.
46.2.3 Información recibida de los operadores del sistema: indisponibilidades,
limitaciones a la posibilidad de ofertar y capacidades comerciales de las interconexiones
internacionales.
46.2.4 Verificaciones de la energía máxima de venta a ofertar en un contrato.

cve: BOE-A-2023-5582
Verificable en https://www.boe.es

Regla 45.ª
Regla 46.ª