I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Presupuestos. (BOE-A-2023-5478)
Corrección de errores de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Jueves 2 de marzo de 2023

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I. DISPOSICIONES GENERALES

JEFATURA DEL ESTADO
5478

Corrección de errores de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

En la página 180555, preámbulo, apartado IV, séptimo párrafo, en las cuatro últimas
líneas, donde dice: «… Se regula la contratación de personal laboral con cargo a los
créditos de inversiones y la competencia del Ministerio de Hacienda y Función Pública en
materia de costes del personal al servicio del sector público en el ámbito de la
negociación colectiva.», debe decir: «… Se regula la competencia del Ministerio de
Hacienda y Función Pública en materia de costes del personal al servicio del sector
público en el ámbito de la negociación colectiva.».
En la página 180559, preámbulo, apartado VII, debe suprimirse el antepenúltimo
párrafo, donde dice: «En el Impuesto sobre las Transacciones Financieras, resulta
necesario realizar una mejora técnica de la redacción existente, introducida por la
Ley 12/2022, de 30 de junio, de regulación para el impulso de los planes de pensiones
de empleo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Regulación de los
Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de
noviembre, delimitando con precisión el ámbito subjetivo de aplicación de la exención a
las adquisiciones realizadas por fondos de pensiones de empleo, mutualidades de
previsión social o entidades de previsión social voluntaria, con la finalidad de reforzar la
seguridad jurídica.».
En la página 180574, artículo 8.Dos, apartado 3, en la última línea, donde dice: «… y los
créditos 19.01.281M.628 y 19.01.281M.638 “Patrimonio Sindical Acumulado”.», debe decir:
«… y los créditos 19.01.281M.627 y 19.01.281M.637 “Patrimonio Sindical Acumulado”.».
En la página 180576, artículo 9.Cuatro, primer párrafo, en la cuarta línea, donde dice:
«… Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, …», debe decir: «… texto
refundido de la Ley General de la Seguridad Social,…», y en el segundo párrafo, en la
antepenúltima línea, donde dice: «… Texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social,…», debe decir: «… texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social,…».
En la página 180580, artículo 12.Cinco, en la tabla «Concepto», primera columna,
cuarta fila, en la primera línea, donde dice: «… establecidas por la Leyes…», debe decir:
«… establecidas por las Leyes…».
En la página 180580, artículo 12.Cinco, en la tabla «Concepto», primera columna, en
la octava fila, donde dice: «… Ingreso Mínimo Vital.», debe decir: «… ingreso mínimo
vital.».
En la página 180583, artículo 17, en el título, donde dice: «… remanentes de
Tesorería…», debe decir: «… remanentes de tesorería…».
En la página 180584, artículo 17, segundo párrafo, en la primera línea, donde dice:
«… remanente de Tesorería…», debe decir: «…remanente de tesorería…», y en la
segunda línea, donde dice: «… Pensiones no Contributivas por Invalidez y Jubilación…»,
debe decir: «… pensiones no contributivas por invalidez y jubilación…».
En la página 180621, artículo 39.Dos, en la primera línea, donde dice: «… punto
Uno, del Texto refundido…», debe decir: «… apartado 1, del texto refundido…».
En la página 180623, artículo 42.Uno, primer párrafo, en la octava línea, donde dice:
«… apartado uno del artículo 43…», debe decir: «… apartado Uno del artículo 43…»; y

cve: BOE-A-2023-5478
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Advertidos errores en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2023, publicada en el «Boletín Oficial del Estado»
número 308, de 24 de diciembre de 2022, se procede a efectuar las oportunas
rectificaciones: