V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2023-6081)
Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas de actualización de las tarifas máximas del servicio portuario de remolque en los Puertos de La Luz y Las Palmas (que incluye Salinetas y Arinaga), Arrecife y Puerto del Rosario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51
Miércoles 1 de marzo de 2023
Sec. V-B. Pág. 9354
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
6081
Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de
Las Palmas de actualización de las tarifas máximas de l se rvicio
portuario de remolque en los Puertos de La Luz y Las Palmas (que
incluye Salinetas y Arinaga), Arrecife y Puerto del Rosario.
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, en
sesión celebrada el 6 de febrero de 2023 aprobó la actualización de las tarifas
máximas del servicio portuario de remolque en los puertos gestionados por la
Autoridad Portuaria de Las Palmas de La Luz y Las Palmas, que incluye Salinetas
y Arinaga, Arrecife y Puerto del Rosario, conforme al contenido de la prescripción
23ª Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio portuario de remolque en los
puertos gestionados por la Autoridad Portuaria de Las Palmas en vigor, resultando
las tarifas máximas a aplicar en el período comprendido entre el 16 de enero del
año 2023 y el 15 de enero de 2024, las establecidas en el RANGO del CUADRO
T+1, debidamente actualizado conforme a la variación de costes, que se reproduce
a continuación:
TARIFA PLANA
T+1 (113.256.705 - 122.317.240)
DESDE GT
HASTA GT
TRAFICO GENERAL
TMR INTERINSULAR DE PASAJEROS Y VEHICULOS
FIJO
COEFICIENTE
FIJO
COEFICIENTE
0
500
193,83
0,03677224
152,26
0,02888670
501
1500
230,75
0,06181216
181,26
0,04855811
1501
3000
286,13
0,06443427
227,77
0,05061740
3001
5000
323,05
0,06637231
253,77
0,05214015
5001
10000
572,26
0,06784959
449,55
0,05330014
10001
15000
784,55
0,08303258
616,31
0,06522747
15001
20000
719,94
0,08754626
565,56
0,06877314
20001
25000
1006,06
0,10721463
790,33
0,08422491
25001
30000
878,70
0,11464446
690,27
0,09006227
30001
35000
890,69
0,11433122
699,70
0,08981572
35001
40000
1024,52
0,12097694
804,84
0,09503570
40001
45000
895,31
0,12421644
703,32
0,09758102
45001
50000
941,45
0,12448421
739,58
0,09779119
50001
55000
876,85
0,12735489
688,82
0,10004651
55001
60000
922,99
0,12765904
725,08
0,10028498
60001
65000
941,45
0,13023467
739,58
0,10230790
65001
70000
1015,30
0,13833846
797,58
0,10867473
70001
75000
969,15
0,14202256
761,32
0,11156765
75001
80000
987,60
0,14202256
778,83
0,11156765
80001
999999
996,84
0,14202256
783,09
0,11156765
La aplicación de esta actualización tendrá carácter retroactivo por imperativo
legal, retrotrayéndose su aplicación al 16 de enero de 2023 y en adelante hasta la
siguiente actualización en 2024.
Las Palmas de Gran Canaria, 15 de febrero de 2023.- El Presidente, Luis
Ángel Ibarra Betancort.
ID: A230006846-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2023-6081
Verificable en https://www.boe.es
Lo que se publica para general conocimiento de conformidad con el art. 113.5
del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, de Puertos del Estado y
de la Marina Mercante.
Núm. 51
Miércoles 1 de marzo de 2023
Sec. V-B. Pág. 9354
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MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
6081
Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de
Las Palmas de actualización de las tarifas máximas de l se rvicio
portuario de remolque en los Puertos de La Luz y Las Palmas (que
incluye Salinetas y Arinaga), Arrecife y Puerto del Rosario.
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, en
sesión celebrada el 6 de febrero de 2023 aprobó la actualización de las tarifas
máximas del servicio portuario de remolque en los puertos gestionados por la
Autoridad Portuaria de Las Palmas de La Luz y Las Palmas, que incluye Salinetas
y Arinaga, Arrecife y Puerto del Rosario, conforme al contenido de la prescripción
23ª Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio portuario de remolque en los
puertos gestionados por la Autoridad Portuaria de Las Palmas en vigor, resultando
las tarifas máximas a aplicar en el período comprendido entre el 16 de enero del
año 2023 y el 15 de enero de 2024, las establecidas en el RANGO del CUADRO
T+1, debidamente actualizado conforme a la variación de costes, que se reproduce
a continuación:
TARIFA PLANA
T+1 (113.256.705 - 122.317.240)
DESDE GT
HASTA GT
TRAFICO GENERAL
TMR INTERINSULAR DE PASAJEROS Y VEHICULOS
FIJO
COEFICIENTE
FIJO
COEFICIENTE
0
500
193,83
0,03677224
152,26
0,02888670
501
1500
230,75
0,06181216
181,26
0,04855811
1501
3000
286,13
0,06443427
227,77
0,05061740
3001
5000
323,05
0,06637231
253,77
0,05214015
5001
10000
572,26
0,06784959
449,55
0,05330014
10001
15000
784,55
0,08303258
616,31
0,06522747
15001
20000
719,94
0,08754626
565,56
0,06877314
20001
25000
1006,06
0,10721463
790,33
0,08422491
25001
30000
878,70
0,11464446
690,27
0,09006227
30001
35000
890,69
0,11433122
699,70
0,08981572
35001
40000
1024,52
0,12097694
804,84
0,09503570
40001
45000
895,31
0,12421644
703,32
0,09758102
45001
50000
941,45
0,12448421
739,58
0,09779119
50001
55000
876,85
0,12735489
688,82
0,10004651
55001
60000
922,99
0,12765904
725,08
0,10028498
60001
65000
941,45
0,13023467
739,58
0,10230790
65001
70000
1015,30
0,13833846
797,58
0,10867473
70001
75000
969,15
0,14202256
761,32
0,11156765
75001
80000
987,60
0,14202256
778,83
0,11156765
80001
999999
996,84
0,14202256
783,09
0,11156765
La aplicación de esta actualización tendrá carácter retroactivo por imperativo
legal, retrotrayéndose su aplicación al 16 de enero de 2023 y en adelante hasta la
siguiente actualización en 2024.
Las Palmas de Gran Canaria, 15 de febrero de 2023.- El Presidente, Luis
Ángel Ibarra Betancort.
ID: A230006846-1
https://www.boe.es
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2023-6081
Verificable en https://www.boe.es
Lo que se publica para general conocimiento de conformidad con el art. 113.5
del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, de Puertos del Estado y
de la Marina Mercante.