III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-5452)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo parcial del VII Convenio colectivo del sector fabricantes de yesos, escayolas, cales y sus prefabricados.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51
Miércoles 1 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 30901
Jubilaciones anticipadas voluntarias
Si se jubila a los 62 años cumplidos.
1.819,42
Si se jubila a los 63 años cumplidos.
1.615,61
En este último caso puede optar por esta indemnización o por la establecida en el
apartado 2.º del artículo 38.a) II del Convenio de Construcción de Asturias al que nos
remitimos.
Cláusula adicional:
De conformidad con lo dispuesto en el Acta de fecha 22 de julio de 1997, continuará
siendo de aplicación de manera transitoria, en todo lo que no se oponga al acuerdo
sobre materias concretas de fecha 11 de marzo de 1999, el contenido normativo del
Convenio Colectivo para las Actividades de Construcción en la provincia de Asturias
publicado en el BOP de fecha 20 de agosto de 1997.
Ávila
Categorías
Salario base día
Plus convenio día
Plus extrasalarial día
Pagas y vacaciones
(cada una)
Bases antigüedad
Grupo II
Personal titulado
Titulado superior.
66,65
5,85
6,48
2.860,47
41,76
Titulado medio.
49,42
5,85
6,48
2.296,88
29,83
Jefe de personal.
46,39
5,85
6,48
2.121,26
28,14
Encargado general de obra.
41,00
5,85
6,48
1.859,17
25,11
Encargado de obra.
34,77
5,85
6,48
1.755,62
20,52
Grupo III
Empleados
a) Administrativos
Oficial de 1.º administrativo.
34,38
6,19
6,86
1.572,41
19,38
Oficial de 2.ª administrativo.
32,76
6,18
6,84
1.505,56
18,32
Auxiliar administrativo.
32,10
6,21
6,89
1.449,24
17,82
Listero.
30,81
6,19
6,86
1.369,70
17,16
6,90
1.376,30
17,16
b) Subalternos
Almacenero.
31,62
6,39
Grupo IV
Capataz.
33,20
5,98
6,63
1.614,05
19,17
Oficial de 1.ª de oficio.
32,24
6,07
6,73
1.580,93
18,50
Oficial de 2.º de oficio.
31,54
6,11
6,77
1.526,18
18,00
Ayudante.
31,20
6,22
6,90
1.421,46
17,46
Peón especializado.
30,68
6,16
6,83
1.361,87
17,32
Peón ordinario.
30,05
6,05
6,70
1.330,77
17,15
cve: BOE-A-2023-5452
Verificable en https://www.boe.es
Operarios
Núm. 51
Miércoles 1 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 30901
Jubilaciones anticipadas voluntarias
Si se jubila a los 62 años cumplidos.
1.819,42
Si se jubila a los 63 años cumplidos.
1.615,61
En este último caso puede optar por esta indemnización o por la establecida en el
apartado 2.º del artículo 38.a) II del Convenio de Construcción de Asturias al que nos
remitimos.
Cláusula adicional:
De conformidad con lo dispuesto en el Acta de fecha 22 de julio de 1997, continuará
siendo de aplicación de manera transitoria, en todo lo que no se oponga al acuerdo
sobre materias concretas de fecha 11 de marzo de 1999, el contenido normativo del
Convenio Colectivo para las Actividades de Construcción en la provincia de Asturias
publicado en el BOP de fecha 20 de agosto de 1997.
Ávila
Categorías
Salario base día
Plus convenio día
Plus extrasalarial día
Pagas y vacaciones
(cada una)
Bases antigüedad
Grupo II
Personal titulado
Titulado superior.
66,65
5,85
6,48
2.860,47
41,76
Titulado medio.
49,42
5,85
6,48
2.296,88
29,83
Jefe de personal.
46,39
5,85
6,48
2.121,26
28,14
Encargado general de obra.
41,00
5,85
6,48
1.859,17
25,11
Encargado de obra.
34,77
5,85
6,48
1.755,62
20,52
Grupo III
Empleados
a) Administrativos
Oficial de 1.º administrativo.
34,38
6,19
6,86
1.572,41
19,38
Oficial de 2.ª administrativo.
32,76
6,18
6,84
1.505,56
18,32
Auxiliar administrativo.
32,10
6,21
6,89
1.449,24
17,82
Listero.
30,81
6,19
6,86
1.369,70
17,16
6,90
1.376,30
17,16
b) Subalternos
Almacenero.
31,62
6,39
Grupo IV
Capataz.
33,20
5,98
6,63
1.614,05
19,17
Oficial de 1.ª de oficio.
32,24
6,07
6,73
1.580,93
18,50
Oficial de 2.º de oficio.
31,54
6,11
6,77
1.526,18
18,00
Ayudante.
31,20
6,22
6,90
1.421,46
17,46
Peón especializado.
30,68
6,16
6,83
1.361,87
17,32
Peón ordinario.
30,05
6,05
6,70
1.330,77
17,15
cve: BOE-A-2023-5452
Verificable en https://www.boe.es
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