III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-5452)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo parcial del VII Convenio colectivo del sector fabricantes de yesos, escayolas, cales y sus prefabricados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51

Miércoles 1 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 30907

Cáceres
Salario base mes

Plus salarial mes

Plus locomoción
mes

Vacaciones y
pagas (cada una)

Horas extras

II Personal titulado superior.

1225,23

290,49

77,96

1368,7

20,14

III Personal titulado medio.

1066,21

289,79

80,24

1323,92

17,73

IV Jefe de personal.

1.040,84

281,64

80,56

1.308,71

17,47

V Jefe Adm. de segunda.

1.020,15

273,08

80,75

1.293,61

17,07

VI Oficial Adm. de 1.ª, encargado, jefe taller.

1.026,50

270,00

82,66

1.307,87

17,18

VII Delineante 2.ª, capataz.

1.005,34

260,00

82,49

1.297,86

16,85

VIII Oficial admtvo. de 2.ª, oficial de 1.ª oficio.

988,84

249,79

82,25

1.288,80

16,41

IX Ayudante admtvo., oficial de 2.ª oficio.

967,42

237,96

81,43

1.271,50

16,20

X Ayudante de oficio.

950,91

225,88

80,48

1.254,70

16,03

XI Peón especializado.

940,68

215,08

79,90

1.244,23

15,89

Nivel/Categoría

Otros conceptos económicos

Plus distancia.

0,45

Por este concepto no se podrá cobrar una cantidad superior a.

15,63

Desgaste de herramientas: los oficiales y ayudantes que aporten herramientas
propias percibirán un plus extrasalarial por este concepto, en la cuantía de.

24,89

El valor día efectivamente trabajado se abonará a razón de.

1,22

Dieta.

37,22

Media dieta.

18,03

Kilómetro: a los trabajadores que utilicen sus vehículos la empresa abonará por
kilómetro.
Plus prendas de trabajo.

0,41
11,83

Cláusula adicional:
De conformidad con lo dispuesto en el Acta de fecha 22 de julio de 1997, continuará
siendo de aplicación de manera transitoria, en todo lo que no se oponga al acuerdo
sobre materias concretas de fecha 11 de marzo de 1999, el contenido normativo del
Convenio Colectivo para las Actividades de Construcción en la provincia de Cáceres
publicado en el BOE de fecha 11 de julio de 1996.

Nivel

Salario base día

Plus extrasalarial
día

Plus asistencia día

Pagas y
vacaciones (cada
una)

II

70,96

7,61

3,95

3.313,16

III

51,07

7,61

3,95

2.385,46

IV

49,78

7,61

3,95

2.324,40

V

48,23

7,61

3,95

2.253,31

VI

44,72

7,61

3,95

2.088,87

cve: BOE-A-2023-5452
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Cádiz