III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Premios. (BOE-A-2023-5462)
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, por la que se convoca el Premio Nacional a la Mejor Traducción, correspondiente a 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51

Miércoles 1 de marzo de 2023
Segundo.

Sec. III. Pág. 30994

Dotación económica.

La dotación económica del Premio Nacional a la Mejor Traducción es de 30.000
euros, de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero, punto 1, de la Orden
de 22 de junio de 1995. La cuantía económica del premio no podrá dividirse.
El importe del premio se satisfará con cargo a la aplicación
presupuestaria 24.03.334B.481.18 «Para premios literarios de ámbito nacional».
Tercero. Jurado.
1. La propuesta de obras, que se realizará mediante informe escrito y razonado, la
valoración de las mismas y el fallo del premio corresponderá a un jurado integrado por
un número de miembros no inferior a cinco ni superior a diecisiete que serán designados
por la persona titular del Ministerio de Cultura y Deporte, mediante orden ministerial, a
propuesta de la persona titular de la Dirección General del Libro y Fomento de la
Lectura, en cumplimiento de lo previsto en el apartado cuarto de la Orden de 22 de junio
de 1995. Teniendo en consideración las propuestas formuladas por las entidades
correspondientes y sus conocimientos para valorar y enjuiciar las traducciones editadas
en cualquiera de las lenguas oficiales españolas a partir de las lenguas originales de los
libros traducidos.
2. Su composición será la siguiente:
Presidencia: corresponderá a la persona titular de la Dirección General del Libro y
Fomento de la Lectura o persona en quien delegue.
Vicepresidencia: corresponderá a la persona titular de la Subdirección General de
Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas.
Vocales:
La persona galardonada en la convocatoria anterior con el Premio Nacional a la
Mejor Traducción.
Un miembro o representante de la Real Academia Española.
Un miembro o representante de la Real Academia Gallega/Real Academia Galega.
Un miembro o representante de la Real Academia de la Lengua Vasca/
Euskaltzaindia.
Un miembro o representante del Instituto de Estudios Catalanes/Institut d’Estudis
Catalans.
Un miembro o representante de la Academia Valenciana de la Lengua/Acadèmia
Valenciana de la Llengua.
Dos miembros o representantes de Asociaciones de Traductores, o de Instituciones
relacionadas con el mundo de la traducción.
Un miembro o representante de centros y/o departamentos académicos dedicados a
la investigación desde la perspectiva de género.
Tres especialistas de probada competencia en el juicio y valoración de la obra
literaria y de la labor de traducción, propuestos por:

No podrán formar parte del jurado como vocales quienes hayan participado en el
mismo en alguna de las dos convocatorias anteriores a excepción de quienes formen
parte del mismo como galardonadas o galardonados en convocatorias anteriores.
Secretaría: corresponderá a un funcionario de la Subdirección General de Promoción
del Libro, la Lectura y las Letras Españolas, designado por la persona titular de la
Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, que actuará con voz, pero sin voto.

cve: BOE-A-2023-5462
Verificable en https://www.boe.es

La Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE).
La Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE).
La persona titular del Ministerio de Cultura y Deporte.