III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Premios. (BOE-A-2023-5468)
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, por la que se convoca el Premio Nacional de Literatura en la modalidad de Ensayo, correspondiente a 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51

Miércoles 1 de marzo de 2023

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Igualmente, se excluirán las actas de congresos y también quedarán excluidas las
obras colectivas en las que participen más de tres autores o autoras.
Segundo.

Dotación económica.

La dotación económica del Premio Nacional de Literatura en la modalidad de Ensayo
es de 30.000 euros, de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero, punto 1, de
la Orden de 22 de junio de 1995. La cuantía económica del premio no podrá dividirse.
El importe del premio se satisfará con cargo a la aplicación
presupuestaria 24.03.334B.481.18 «Para premios literarios de ámbito nacional».
Tercero.

Jurado.

1. El fallo del premio corresponderá a un jurado integrado por un número de
miembros no inferior a cinco ni superior a diecisiete que serán designados por la persona
titular del Ministerio de Cultura y Deporte, mediante orden ministerial, a propuesta de la
persona titular de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, en
cumplimiento de lo previsto en el apartado cuarto de la Orden de 22 de junio de 1995.
2. Su composición será la siguiente:
Presidencia: corresponderá a la persona titular de la Dirección General del Libro y
Fomento de la Lectura o persona en quien delegue.
Vicepresidencia: corresponderá a la persona titular de la Subdirección General de
Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas.
Vocales:
La persona galardonada en la convocatoria anterior.
Un miembro o representante de la Real Academia Española.
Un miembro o representante de la Real Academia Gallega/Real Academia Galega.
Un miembro o representante de la Real Academia de la Lengua Vasca/
Euskaltzaindia.
Un miembro o representante del Instituto de Estudios Catalanes/Institut d’Estudis
Catalans.
Un miembro o representante de la Academia Valenciana de la Lengua/Acadèmia
Valenciana de la Llengua.
Un miembro o representante de centros y/o departamentos académicos dedicados a
la investigación desde la perspectiva de género.
Cinco personas del mundo de la cultura, especialmente cualificadas para valorar las
obras literarias editadas en cualquiera de las lenguas oficiales españolas, propuestas
por:

No podrán formar parte del jurado como vocales quienes hayan participado en el
mismo en alguna de las dos convocatorias anteriores a excepción de quienes formen
parte del mismo como galardonadas o galardonados en convocatorias anteriores.
Secretaría: corresponderá a un funcionario de la Subdirección General de Promoción
del Libro, la Lectura y las Letras Españolas, designado por la persona titular de la
Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, que actuará con voz, pero sin voto.
3. Conforme a lo establecido en los artículos 51 y 54 de la Ley Orgánica 3/2007,
de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la composición del
jurado respetará el principio de presencia equilibrada de hombres y mujeres, de modo

cve: BOE-A-2023-5468
Verificable en https://www.boe.es

La Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE).
La Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE).
La Asociación Colegial de Escritores de España (ACE).
La Asociación Española de Críticos Literarios.
La persona titular del Ministerio de Cultura y Deporte.