II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. (BOE-A-2023-5399)
Orden JUS/192/2023, de 26 de enero, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51

Miércoles 1 de marzo de 2023

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confirmar una nueva solicitud a través del asistente, considerándose válida la última
presentada por el asistente de inscripción.
2. Serán rechazadas las solicitudes que no se presenten siguiendo las
instrucciones recogidas en la presente orden.
3. No se podrá anular o modificar la instancia presentada una vez terminado el
plazo de presentación de las mismas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 68 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
4. Con la solicitud telemática se adjuntará un currículum vitae en formato europass
(https://europass.cedefop.europa.eu/editors/es/cv/compose), así como la documentación
escaneada de los méritos alegados, en formato PDF. Con la solicitud en papel, y previa
autorización, se adjuntará currículum y documentación original o fotocopias compulsadas
y paginadas de la documentación justificativa de los méritos alegados.
Los méritos alegados y acreditados se valorarán con referencia a la fecha de cierre
del plazo de presentación de instancias.
En cualquier momento la documentación original puede ser requerida por el.
Secretario General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia.
5. Además de la documentación anterior, deberá presentarse en la misma forma
que en el apartado precedente, por cada puesto solicitado, una memoria firmada en la
que, en una extensión no superior a 10 folios, la persona interesada realice un análisis
de las tareas del puesto solicitado, las condiciones y medios necesarios para su
desempeño, propuestas de mejora en el desarrollo de las funciones y todas aquellas
otras cuestiones que se considere de interés o importancia, con base en la descripción
de funciones del puesto.
El Ministerio de Justicia podrá realizar una entrevista personal a las candidatas y los
candidatos.

La resolución de la presente convocatoria se llevará a cabo por Orden de la Ministra
de Justicia.
En todo caso, para el nombramiento se recabará informe sobre la persona
propuesta, de la Sala de Gobierno del Tribunal respectivo, así como del Consejo del
Secretariado.
El mandato de la Secretaria o del Secretario de Gobierno se extenderá por un plazo
de cinco años, renovable, en su caso, por un solo periodo igual, no pudiendo ocupar más
de diez años el mismo puesto conforme a lo dispuesto en el artículo 464.3 de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
La Secretaria o Secretario de Gobierno que fuere nombrada/o en esta convocatoria,
y que a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, estuviera
desempeñando el puesto para el que ahora es reelegida/o; no podrá optar a la
reelección para el mismo puesto cuando trascurran los cinco años de este segundo
mandato, conforme a lo establecido en el precepto citado.
A la letrada o letrado de la Administración de Justicia que sea nombrada/o Secretaria
o Secretario de Gobierno, se le reservará, durante el tiempo que ocupare dicho cargo, la
plaza que viniera ocupando con anterioridad a dicho nombramiento, conforme a lo
establecido en al artículo 464.5 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial.
La plaza ofertada podrá declararse desierta.
Cuarta.

Recursos.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de
dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente orden en el

cve: BOE-A-2023-5399
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Resolución y adjudicación de destino.