I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-5367)
Instrumento de aprobación de las Actas aprobadas en el II Congreso Extraordinario de la Unión Postal Universal (UPU), hechas en Adís Abeba el 7 de septiembre de 2018.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51
Miércoles 1 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 30585
Artículo 108. Organización de los períodos de sesiones del Consejo de Administración.
1. En su reunión constitutiva, que será convocada e inaugurada por el Presidente del
Congreso, el Consejo de Administración elegirá, entre sus miembros, a cuatro
Vicepresidentes y redactará su Reglamento Interno. El Presidente y los cuatro
Vicepresidentes serán Países miembros de cada uno de los cinco grupos geográficos de la
Unión.12
12
Modificado por el Congreso extraordinario de Adís Abeba 2018.
2. El Consejo de Administración se reunirá dos veces por año, o más a título
excepcional, en la sede de la Unión, de acuerdo con los procedimientos en la materia
establecidos en su Reglamento I nterno13.
13
Modificado por el Congreso extraordinario de Adís Abeba 2018.
3. El Presidente, los Vicepresidentes y los Presidentes, Copresidentes14 y
Vicepresidentes de las Comisiones del Consejo de Administración forman el Comité de
Gestión. Dicho Comité preparará y dirigirá los trabajos de cada período de sesiones del
Consejo de Administración. Aprobará, en nombre del Consejo de Administración, el
informe anual sobre las actividades de la Unión preparado por la Oficina Internacional y
asumirá todas las demás tareas que el Consejo de Administración decida confiarle o
cuya necesidad surja durante el proceso de planificación estratégica.
14
Modificado por el Congreso extraordinario de Adís Abeba 2018.
4. El Presidente del Consejo de Explotación Postal representará a este en las
sesiones del Consejo de Administración en cuyo Orden del Día figuren asuntos relativos
al Consejo de Explotación Postal.
5. El Presidente del Comité Consultivo representará a esta organización en las
sesiones del Consejo de Administración en cuyo Orden del Día figuren asuntos que
interesen al Comité Consultivo.
Artículo 109.
1.
Observadores.
Observadores.
1.1 Con el fin de asegurar una relación eficaz entre los trabajos de ambos órganos,
el Consejo de Explotación Postal podrá designar representantes para asistir a las
reuniones del Consejo de Administración en calidad de observadores.
1.2 Los Países miembros de la Unión que no son miembros del Consejo, así como
los observadores y los observadores ad hoc mencionados en el artículo 105 podrán
participar en las sesiones plenarias y en las reuniones de las Comisiones del Consejo de
Administración, sin derecho de voto.
Principios.
2.1 Por motivos logísticos, el Consejo de Administración podrá limitar la cantidad de
personas que integran la delegación de cada uno de los observadores y observadores
ad hoc participantes. Podrá también limitar su derecho a hacer uso de la palabra durante
los debates.
2.2 Los observadores y los observadores ad hoc podrán, si lo solicitan, ser admitidos a
colaborar en los estudios realizados, respetando las condiciones que el Consejo pudiere
establecer para garantizar el rendimiento y la eficacia de su trabajo. También podrá
pedírseles que presidan grupos permanentes y equipos especiales15 cuando sus
cve: BOE-A-2023-5367
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 51
Miércoles 1 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 30585
Artículo 108. Organización de los períodos de sesiones del Consejo de Administración.
1. En su reunión constitutiva, que será convocada e inaugurada por el Presidente del
Congreso, el Consejo de Administración elegirá, entre sus miembros, a cuatro
Vicepresidentes y redactará su Reglamento Interno. El Presidente y los cuatro
Vicepresidentes serán Países miembros de cada uno de los cinco grupos geográficos de la
Unión.12
12
Modificado por el Congreso extraordinario de Adís Abeba 2018.
2. El Consejo de Administración se reunirá dos veces por año, o más a título
excepcional, en la sede de la Unión, de acuerdo con los procedimientos en la materia
establecidos en su Reglamento I nterno13.
13
Modificado por el Congreso extraordinario de Adís Abeba 2018.
3. El Presidente, los Vicepresidentes y los Presidentes, Copresidentes14 y
Vicepresidentes de las Comisiones del Consejo de Administración forman el Comité de
Gestión. Dicho Comité preparará y dirigirá los trabajos de cada período de sesiones del
Consejo de Administración. Aprobará, en nombre del Consejo de Administración, el
informe anual sobre las actividades de la Unión preparado por la Oficina Internacional y
asumirá todas las demás tareas que el Consejo de Administración decida confiarle o
cuya necesidad surja durante el proceso de planificación estratégica.
14
Modificado por el Congreso extraordinario de Adís Abeba 2018.
4. El Presidente del Consejo de Explotación Postal representará a este en las
sesiones del Consejo de Administración en cuyo Orden del Día figuren asuntos relativos
al Consejo de Explotación Postal.
5. El Presidente del Comité Consultivo representará a esta organización en las
sesiones del Consejo de Administración en cuyo Orden del Día figuren asuntos que
interesen al Comité Consultivo.
Artículo 109.
1.
Observadores.
Observadores.
1.1 Con el fin de asegurar una relación eficaz entre los trabajos de ambos órganos,
el Consejo de Explotación Postal podrá designar representantes para asistir a las
reuniones del Consejo de Administración en calidad de observadores.
1.2 Los Países miembros de la Unión que no son miembros del Consejo, así como
los observadores y los observadores ad hoc mencionados en el artículo 105 podrán
participar en las sesiones plenarias y en las reuniones de las Comisiones del Consejo de
Administración, sin derecho de voto.
Principios.
2.1 Por motivos logísticos, el Consejo de Administración podrá limitar la cantidad de
personas que integran la delegación de cada uno de los observadores y observadores
ad hoc participantes. Podrá también limitar su derecho a hacer uso de la palabra durante
los debates.
2.2 Los observadores y los observadores ad hoc podrán, si lo solicitan, ser admitidos a
colaborar en los estudios realizados, respetando las condiciones que el Consejo pudiere
establecer para garantizar el rendimiento y la eficacia de su trabajo. También podrá
pedírseles que presidan grupos permanentes y equipos especiales15 cuando sus
cve: BOE-A-2023-5367
Verificable en https://www.boe.es
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