III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2023-5339)
Resolución de 22 de febrero de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Universidad Nebrija, para el desarrollo de actividades para la formación y el desarrollo de recursos digitales docentes innovadores enfocados a la mejora de las competencias digitales para su aplicación en la investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Martes 28 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 30004

Sexta. Actuaciones y obligaciones de la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección
General de la Guardia Civil).
1. Relativos al diseño del Programa Superior en Competencias Digitales para la
Investigación:
a) Definir junto a la UNNE los contenidos del programa formativo señalado, así
como los planes de mejoras de las actividades formativas.
b) Facilitar posibles profesores, contenidos y herramientas de cursos existentes en
el campo de la investigación para su posible reutilización en el Programa Superior en
Competencias Digitales para la Investigación, en los términos que se acuerden con la
UNNE.
2.

Relativos a la formación en competencias digitales:

a) Facilitar a UNNE el listado de alumnado en cada edición del Programa indicando
los datos requeridos según la plantilla facilitada por UNNE para la correcta matriculación
en el sistema de la Universidad. Como norma general, se aportarán los datos necesarios
para matricular a un mínimo de 35 y un máximo de 66 personas.
3.

Relativos a la ejecución del convenio:

a) Designar a un responsable de la ejecución del presente convenio.
b) Convocar las diferentes ediciones del Programa, a través de la Jefatura de
Enseñanza de la Dirección General de la Guardia Civil, al objeto de nombrar al personal
que va a recibir el Programa Superior en Competencias Digitales para la Investigación.
c) Garantizar que se cubran los cupos previstos de personas con la motivación
adecuada para las ediciones previstas de los programas de formación.
d) Realizar, en colaboración con la UNNE, el seguimiento del funcionamiento de las
mejoras necesarias para el buen funcionamiento del Programa.
e) Ejercer, junto a la UNNE, la dirección y control económico del convenio.
Séptima.

Actuaciones y obligaciones de la UNNE.

1. Relativos al diseño del Programa Superior en Competencias Digitales para la
Investigación:
a) Diseñar, en colaboración con la Dirección General de la Guardia Civil, las
actividades formativas relacionadas con la adquisición de competencias digitales
descritas en este convenio, de acuerdo con las exigencias de la Normativa de Títulos
Propios de UNNE.
Relativos a la formación en competencias digitales para la investigación:

a) Asumir la dirección y gestión académica del Programa Superior en
Competencias Digitales para la Investigación durante el tiempo que dure el presente
convenio.
b) Aportar los recursos docentes y el profesorado necesarios para la realización de
las actividades formativas.
c) Formar y acreditar, al menos, al 60% del alumnado matriculado en cada una de
las ediciones del Programa Superior en Competencias Digitales para la Investigación
que se celebren.
d) Emitir al alumnado los certificados de la formación correspondientes a las
actividades formativas definidas en este convenio.
3.

Relativos a la ejecución del convenio:

a) Designar responsable de la ejecución del presente convenio, que será el Director
Ejecutivo del Programa Superior en Competencias Digitales para la Investigación.

cve: BOE-A-2023-5339
Verificable en https://www.boe.es

2.