III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Encomienda de gestión. (BOE-A-2023-5358)
Resolución de 20 de febrero de 2023, de la Secretaría General de Investigación, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión al Instituto de Salud Carlos III, para la gestión de las convocatorias de ayudas públicas a la I+D+I pertenecientes al Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Martes 28 de febrero de 2023

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objeto de esta encomienda, conforme al artículo 33 de la mencionada ley y el
artículo 11.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima.

Seguimiento de la encomienda.

Se constituirá una comisión de seguimiento con objeto de dirigir, coordinar y
comprobar la correcta ejecución de esta encomienda, así como de resolver las
incidencias y dudas de interpretación que puedan surgir. La Comisión de Seguimiento
estará constituida por dos representantes de la Secretaría General de Investigación y
dos representantes del ISCIII. La Comisión de Seguimiento será presidida por uno de los
miembros designados por la Secretaría General de Investigación. La Comisión de
Seguimiento se reunirá en sesión ordinaria al menos una vez al año. Con independencia
de ello, se reconoce a ambas partes la facultad de instar la convocatoria extraordinaria
de una reunión de la Comisión de Seguimiento.
Octava. Vigencia.
1. La presente encomienda adquirirá eficacia con su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» y tendrá vigencia indefinida.
2. Este acuerdo podrá ser modificado por acuerdo expreso de las partes y
siguiendo los procedimientos que exija la normativa vigente.
3. Esta encomienda de gestión se extinguirá por las siguientes causas:
a) Por mutuo acuerdo de las partes.
b) Si se produjesen circunstancias que hicieran imposible o innecesaria la
realización de las actuaciones encomendadas.
c) Por el incumplimiento de las condiciones previstas en este acuerdo, previa
denuncia de cualquiera de las partes efectuada con dos meses de antelación a la fecha
de resolución.
Novena.

Régimen Jurídico.

Este acuerdo es de carácter administrativo, de los contemplados en el artículo 11 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Décima.

Publicidad.

De conformidad con lo establecido en el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, el presente acuerdo se publicará en el
«Boletín Oficial de Estado».

cve: BOE-A-2023-5358
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 17 de febrero de 2023.–La Secretaria General de Investigación, Raquel Yotti
Álvarez. P. D. [artículo 11.1.b)] de la Orden CIN/639/2020, de 6 de julio.–El Director del
Instituto de Salud Carlos III, Cristóbal Belda Iniesta.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X