III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-5357)
Resolución de 20 de febrero de 2023, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Rovira i Virgili, para la realización de prácticas académicas externas o la realización del Trabajo de Fin de Grado/Máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 28 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 30276

Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas.
1. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán los
siguientes derechos:
a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un profesor de la
Universidad y por un profesional que preste servicios en la empresa, institución o entidad donde se
realice la misma.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la Universidad.
c) A la obtención de un informe por parte de la entidad colaboradora donde ha realizado las
prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su
rendimiento.
d) A percibir, en los casos en que así se estipule, la aportación económica de la entidad
colaboradora, en concepto de bolsa o ayuda al estudio.
e) A recibir, por parte de la entidad colaboradora, información de la normativa de seguridad y
prevención de riesgos laborales.
f) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación, previa
comunicación con antelación suficiente a la entidad colaboradora.
g) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con discapacidad a la
tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las prácticas en igualdad de
condiciones.
h) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las prácticas con
aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con la situación de
discapacidad.
i) Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente y/o en los correspondientes Convenios
de Cooperación Educativa suscritos por la Universidad y, en su caso, la entidad gestora de prácticas
vinculada a la mima, con la entidad colaboradora.
2. Asimismo y, durante la realización de las prácticas académicas externas los estudiantes deberán
atender al cumplimiento de los siguientes deberes:
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la Universidad.
b) Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones del tutor
asignado por la entidad colaboradora bajo la supervisión del tutor académico de la Universidad.
c) Mantener contacto con el tutor académico de la Universidad durante el desarrollo de la práctica
y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como hacer entrega de los
documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria final que le sean requeridos.
d) Incorporarse a la entidad colaboradora de que se trate en la fecha acordada, cumplir el horario
previsto en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención
de riesgos laborales de la misma.
e) Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con la
entidad colaboradora conforme a las líneas establecidas en el mismo.

cve: BOE-A-2023-5357
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 50