III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-5357)
Resolución de 20 de febrero de 2023, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Rovira i Virgili, para la realización de prácticas académicas externas o la realización del Trabajo de Fin de Grado/Máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Martes 28 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 30272

de la titulación resolverá cuantas dudas pudieran surgir durante el desarrollo de las
prácticas o del TFG/TFM.
2. Designar un tutor académico que velará por el normal desarrollo del proyecto
formativo, colaborará con el tutor del ISCIII en todos aquellos aspectos que afecten al
mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se establezcan.
3. Podrá proponer que los tutores de prácticas designados por el ISCIII, reciban el
nombramiento honorífico de «Colaborador en Prácticas Externas», de acuerdo con las
condiciones establecidas por la Universidad. Los trámites necesarios para la obtención
del reconocimiento, serán realizados por el responsable de la Universidad que elevará al
órgano competente la propuesta del nombramiento.
Cuarta.

Corresponde al ISCIII.

1. En tanto que colabora en un programa de formación universitaria, facilitar al
estudiante la realización de sus exámenes.
2. Nombrar a un tutor que se responsabilizará de la formación de cada estudiante y
de la valoración de su estancia, facilitando al responsable o tutor académico de prácticas
de la Universidad el informe de aprovechamiento de las prácticas a su finalización, en el
que constará el tiempo de prácticas realizado, horas totales y su contenido.
3. En el caso de las estancias para el desarrollo del TFG/TFM, el estudiante deberá
contar con un responsable o tutor en el ISCIII que actuará de forma colegiada con su
tutor en la Universidad, siempre con la aprobación de la Comisión del Grado o de la
Coordinación del Máster correspondiente y de acuerdo a la normativa general del
TFG/TFM y a la normativa específica aprobada para su titulación. Asimismo, se
encargará de emitir un informe razonado que dará por finalizado el TFG/TFM y que
remitirá a la Comisión del Grado o Coordinación del Máster.
4. Poner a disposición de la realización de las prácticas los medios materiales y
servicios disponibles que permiten garantizar el desarrollo de las actividades formativas
planificadas, observando los criterios de accesibilidad universal y diseño para todos,
según lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con
discapacidad y de su inclusión social.
5. Observará y hará observar las medidas de Seguridad e Higiene establecidas en
el centro de trabajo asignado, e informará, formará y hará cumplir y respetar al alumnado
dichas medidas.
Quinta.

Financiación.

De este convenio no se derivan derechos u obligaciones de contenido económico
para las partes.
Sexta. Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.

El Director del ISCIII, o la persona en quien delegue
El Subdirector General de Servicios Aplicados, Formación e Investigación, o la
persona en quien delegue
Por parte de la Universidad serán miembros de dicha comisión:
La Vicerrectora de Proyectos Docentes y Estudiantes, o la persona en quien delegue.
El jefe de la Oficina del Estudiante, o la persona en quien delegue.

cve: BOE-A-2023-5357
Verificable en https://www.boe.es

Ambas partes acuerdan crear una comisión mixta, paritaria, que se constituirá en el
plazo máximo de un mes a contar desde la fecha en que el convenio devenga eficaz.
Por parte del ISCIII serán miembros de dicha comisión: