II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-5213)
Resolución de 20 de febrero de 2023, de la Universitat de València, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49
Lunes 27 de febrero de 2023
3.4
Sec. II.B. Pág. 29370
Junto con la instancia (anexo II), será presentada la siguiente documentación:
Estarán exentas del pago de la tasa las personas que acrediten una discapacidad en
grado igual o superior al 33 %, los miembros de familias numerosas de carácter especial,
los miembros de familias monoparentales de categoría especial y las víctimas de actos
de violencia sobre la mujer.
Las personas aspirantes mencionadas en el párrafo anterior lo harán constar
expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud y deberán presentar las
certificaciones correspondientes que acrediten su condición de discapacidad, de ser
miembro de familia numerosa o de familia monoparental (mediante certificado de la
Conselleria de Bienestar Social u órgano competente), y las víctimas de actos de
violencia sobre la mujer mediante cualquiera de los medios de prueba que prevé el
artículo 9.1 y 9.2 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat Valenciana,
integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
Disfrutarán de una bonificación del 50 % de la tasa las personas que formen parte de
familias numerosas de categoría general y los miembros de familias monoparentales de
categoría general.
La falta de abono o un abono inferior a la cantidad indicada como tasas en el período
de presentación de solicitudes, se considerará incumplimiento insubsanable que
provocará la inadmisión al concurso. La exclusión por no cumplir alguno de los requisitos
de la convocatoria no comportará el derecho a la devolución de las tasas.
3.5 Las personas que opten a más de una plaza habrán de presentar una instancia
independiente para cada una de ellas, acompañada de la documentación complementaria.
En el caso de convocatoria conjunta de plazas, se especificará en una única
instancia todas las plazas a las que se refiere la convocatoria, acompañada de una única
documentación complementaria y un único pago de tasas. Se considera que la
convocatoria de plazas es conjunta cuando en el anexo 1, el dígito referente al «número
de plazas» es superior a 1.
3.6 En el caso que se convocaran de manera conjunta más de cinco plazas, se
deberá reservar la cuota legal para la cobertura con personas con discapacidad, siempre
que dichas personas superen los procesos selectivos y acrediten la discapacidad, así
cve: BOE-A-2023-5213
Verificable en https://www.boe.es
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte. Las personas
aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar,
deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso,
de los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y las circunstancias de
dependencia a las que se refiere la base 2.1.a de esta convocatoria. Asimismo, cuando
las personas aspirantes participen en las pruebas selectivas por su condición de
cónyuges, además de los documentos señalados, deberán presentar declaración jurada
o promesa de no hallarse separadas de sus respectivos cónyuges.
b) Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos que señala la
base segunda para participar en los concursos de acceso, excepto en el caso de los
títulos de Doctor/a expedidos por la Universitat de València o de cualquier otro requisito
cuya acreditación documental obre en los archivos de esta institución, en que no será
necesario aportarlos.
La vinculación al programa indicado en el anexo I se acreditará, en el supuesto de
que ésta no se especifique en el certificado I3, mediante hoja de servicios prestados o
documento equivalente expedido por la institución correspondiente.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se
realizará mediante los documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes del país de origen, traducidos al español, que será la lengua oficial en la
que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas.
c) Justificación de haber efectuado el ingreso de las tasas (30 euros) en la cuenta
«Derechos de examen-Universidad de Valencia» número ES21-0049-6721-65-2010001382
del «Banco Santander».
Núm. 49
Lunes 27 de febrero de 2023
3.4
Sec. II.B. Pág. 29370
Junto con la instancia (anexo II), será presentada la siguiente documentación:
Estarán exentas del pago de la tasa las personas que acrediten una discapacidad en
grado igual o superior al 33 %, los miembros de familias numerosas de carácter especial,
los miembros de familias monoparentales de categoría especial y las víctimas de actos
de violencia sobre la mujer.
Las personas aspirantes mencionadas en el párrafo anterior lo harán constar
expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud y deberán presentar las
certificaciones correspondientes que acrediten su condición de discapacidad, de ser
miembro de familia numerosa o de familia monoparental (mediante certificado de la
Conselleria de Bienestar Social u órgano competente), y las víctimas de actos de
violencia sobre la mujer mediante cualquiera de los medios de prueba que prevé el
artículo 9.1 y 9.2 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat Valenciana,
integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
Disfrutarán de una bonificación del 50 % de la tasa las personas que formen parte de
familias numerosas de categoría general y los miembros de familias monoparentales de
categoría general.
La falta de abono o un abono inferior a la cantidad indicada como tasas en el período
de presentación de solicitudes, se considerará incumplimiento insubsanable que
provocará la inadmisión al concurso. La exclusión por no cumplir alguno de los requisitos
de la convocatoria no comportará el derecho a la devolución de las tasas.
3.5 Las personas que opten a más de una plaza habrán de presentar una instancia
independiente para cada una de ellas, acompañada de la documentación complementaria.
En el caso de convocatoria conjunta de plazas, se especificará en una única
instancia todas las plazas a las que se refiere la convocatoria, acompañada de una única
documentación complementaria y un único pago de tasas. Se considera que la
convocatoria de plazas es conjunta cuando en el anexo 1, el dígito referente al «número
de plazas» es superior a 1.
3.6 En el caso que se convocaran de manera conjunta más de cinco plazas, se
deberá reservar la cuota legal para la cobertura con personas con discapacidad, siempre
que dichas personas superen los procesos selectivos y acrediten la discapacidad, así
cve: BOE-A-2023-5213
Verificable en https://www.boe.es
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte. Las personas
aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar,
deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso,
de los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y las circunstancias de
dependencia a las que se refiere la base 2.1.a de esta convocatoria. Asimismo, cuando
las personas aspirantes participen en las pruebas selectivas por su condición de
cónyuges, además de los documentos señalados, deberán presentar declaración jurada
o promesa de no hallarse separadas de sus respectivos cónyuges.
b) Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos que señala la
base segunda para participar en los concursos de acceso, excepto en el caso de los
títulos de Doctor/a expedidos por la Universitat de València o de cualquier otro requisito
cuya acreditación documental obre en los archivos de esta institución, en que no será
necesario aportarlos.
La vinculación al programa indicado en el anexo I se acreditará, en el supuesto de
que ésta no se especifique en el certificado I3, mediante hoja de servicios prestados o
documento equivalente expedido por la institución correspondiente.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se
realizará mediante los documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes del país de origen, traducidos al español, que será la lengua oficial en la
que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas.
c) Justificación de haber efectuado el ingreso de las tasas (30 euros) en la cuenta
«Derechos de examen-Universidad de Valencia» número ES21-0049-6721-65-2010001382
del «Banco Santander».