II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-5212)
Resolución de 20 de febrero de 2023, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso para la provisión de plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49

Lunes 27 de febrero de 2023

Sec. II.B. Pág. 29361

artículo 16.4 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, los siguientes documentos:
a) Documentación acreditativa de cumplir los requisitos específicos a los que se
refiere la base 2.2 de la presente resolución.
b) Copia del documento nacional de identidad o documento acreditativo de la
nacionalidad certificado por la autoridad competente del país de origen.
c) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico
que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del Servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas. En el caso de los aspirantes que no posean la
nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar
sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su estado el acceso a
la Función Pública, debidamente certificado por la autoridad competente del Estado de
procedencia.
e) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad en el caso de venir
desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión.
Los españoles que tuvieran la condición de funcionario de carrera estarán exentos de
justificar los documentos y requisitos de los apartado b), c) y d), debiendo presentar
certificación del ministerio u organismo del que dependan la documentación acreditativa
de su condición de funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicio.
El nombramiento propuesto por la Comisión Evaluadora, salvo manifiesta ilegalidad,
será efectuado por el Rector de la Universidad de Córdoba. En caso de que el candidato
propuesto no presentase oportunamente la documentación requerida, el Rector
procederá al nombramiento del siguiente concursante en el orden de valoración
formulado. El nombramiento será comunicado al correspondiente Registro a efectos de
otorgamiento del número de Registro de Personal e inscripción en el Cuerpo respectivo,
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía» y comunicado a la Secretaría General del Consejo de Universidades.
En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato propuesto
deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de
funcionario de carrera del cuerpo docente de que se trate –si no se ostentase ya dicha
condición–, con los derechos y deberes que le son propios.
Tratamiento de datos personales.

Las personas participantes y asistentes en el acto de presentación y desarrollo de las
distintas pruebas del concurso-oposición quedarán sometidas a lo dispuesto en el
Reglamento General de Protección de Datos-Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril; la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y
garantía de los derechos digitales, y demás normativa que resulte de aplicación. Asimismo,
se comprometen a no hacer uso de los datos para una finalidad distinta de la que motiva el
desarrollo de los actos a los que asisten, a no comunicarlos a terceros sin consentimiento
de los interesados, así como a cumplir con las medidas de seguridad y demás obligaciones
derivadas de la legislación de protección de datos de carácter personal.
De acuerdo con lo previsto en los artículos 12 y 13 del Reglamento UE 2016/679
(Reglamento General de Protección de Datos), la información básica del tratamiento de
datos personales es la siguiente:
Responsable del Tratamiento: Universidad de Córdoba.
Legitimación: Tratamiento necesario para la ejecución de un nombramiento en el que
el interesado es parte. Tratamiento Necesario para el cumplimiento de una obligación
legal aplicable al responsable del tratamiento.

cve: BOE-A-2023-5212
Verificable en https://www.boe.es

Novena.